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 #169164  por Mariaac
 
Les comento.

Me vino a consultar una Sra que ya tiene sentencia de divorcio en Lomas de Zamora. Pero resulta que la Abogada nunca se la inscribio y ella le perdio el rastro a ésta.

Parece ser q la abogada no pago unos aportes, en el expediente.

Por eso les pregunto como es en provincia, hasta que no se paguen esos aportes no se puede inscribir o se puede presentar aotra abogada y solicitar la inscrpcion??

Atte
 #169173  por LorenaVC
 
Para que te libren el oficio y testimonio necesitas indefectiblemente el pago de los aportes del letrado.
Porque no rastreas via colegio de abogados de donde era la letrada y/o colegio provincial , para que denuncie el cobro y pago de aportes?
La otra es ir al juzgado, hablar el tema y consultar si adjuntando en un escrito con los comprobantes de pago de aportes de la letrada te lo libran. La ley previsional art.21 6617 ( y/o por ahi anda) ordena solo el pago de los aportes, no de los honorarios

 #169239  por Charlie
 
ARTICULO 21°: (Texto Ley 12.526) Ningún Juez o Tribunal de la Provincia, cualquiera sea su Fuero, podrá aprobar o mandar a cumplir transacciones y conciliaciones, hacer efectivos los desistimientos, dar por cumplidas las sentencias, ordenar trámites de entrega, de adjudicación, o de transferencia de bienes de cualquier clase que fuere, ordenar cancelación de hipotecas y prendas o levantamiento de embargos, inhibiciones, medidas cautelares u otros gravámenes, devolver oficios o exhortos, dar por terminado un juicio o disponer su archivo, sin antes:

1°) Haberse pagado los honorarios, aportes y contribuciones que correspondan a la presente Ley, de conformidad con su regulación o con su convenio dentro del arancel, con respecto a los profesionales de las partes a quienes beneficie la medida.


Saludos.