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  • caño desague baño-PH

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 #169387  por petrocheli
 
el tema es que los copropietarios autoadministrados contratan un plomero para hacer areglos varios en todas las unidades de el edificio es de 7 pisos mediano.-
cuando hacen el trabajoi, constatan un agujero en un sector distinto de la instalacion de desague , aguas servidas iba directo a los cimientos del edificio.
entonces el propietrario. mi cliente, lo hace areglar y lo paga.-
en el interin se desigan nuevo administrador.
la pregunta es quien paga ese areglo?
mi cliente?l :roll:
la nueva administracion?
mi cliente dice que la nueva administracion le puso obstaculos a hacer ese pago- incluso lo intimo al pago de expensas.
:roll: que me recomiendan? que notifica a la administracion por CD? :roll:

gracias

 #169388  por Alejandrina
 
los caños son partes comunes. Por lo que el gasto debe ser soportado por el consorcio de propietarios.
que haya cambiando el administrador no obstaculo a nada.
si las relaciones estan como decis: enviaria CD al administrador intimando el reintegro del dinero con detalle de los arreglos..etc...

 #169396  por petrocheli
 
Alejandrina escribió:los caños son partes comunes. Por lo que el gasto debe ser soportado por el consorcio de propietarios.
que haya cambiando el administrador no obstaculo a nada.
si las relaciones estan como decis: enviaria CD al administrador intimando el reintegro del dinero con detalle de los arreglos..etc...
gracias alejandrina por tu respuesta, el tema que es una caja o coneccion que va directo a los caños desague y de alli a la cloaca.
yo pienso igual que vos que estos elementos son "bienens comunes del consorcio"
le dijeron que como era de "su" baño lo pagaba el?!
!! no es asi le dijeron cualquiera ...no? que opinas?
gracias.- :roll: :roll:
ok

 #169400  por Alejandrina
 
para mi todo lo que esta dentro de las paredes es comun ( por decirlo de alguna manera).
peleala igual. manda CD!!!

 #169649  por 123justicia
 
Alejandrina escribió:para mi todo lo que esta dentro de las paredes es comun ( por decirlo de alguna manera).
peleala igual. manda CD!!!
en principio es asi, pero no siempre se aplica es un criterio creo que es lo que usualmente mas se tienen en cuenta,
de todos modos la consulta original habla de un caño de piso, si mal no recuerdo, lo cual no se si es lo mismo.
la ley de ph es muy ambigua, habra alguna otra normativa donde ver el tema es interesante.- hay regulacion?????? a demas del reglamento, no yo he visto reglamentos muy escuetos al hablar sobre partes comunes.- los caños quien se hace cargo el propietario de la unidad o el consorcio??
me entro una lagunita.. ok :wink:

 #170673  por 123justicia
 
123justicia escribió:
Alejandrina escribió:para mi todo lo que esta dentro de las paredes es comun ( por decirlo de alguna manera).
peleala igual. manda CD!!!
en principio es asi, pero no siempre se aplica es un criterio creo que es lo que usualmente mas se tienen en cuenta,
de todos modos la consulta original habla de un caño de piso, si mal no recuerdo, lo cual no se si es lo mismo.
la ley de ph es muy ambigua, habra alguna otra normativa donde ver el tema es interesante.- hay regulacion?????? a demas del reglamento, no yo he visto reglamentos muy escuetos al hablar sobre partes comunes.- los caños quien se hace cargo el propietario de la unidad o el consorcio??
me entro una lagunita.. ok :wink:



QUE OPINAN.- JURISPRUDENCIA? GRACIAS.-