Queridos:
los molesto con una consulta cuasi "boluda".
Tengo un conocido que se dedica a la publicación de su revista.
Tiene por "contrato" a una diseñadora.
El contrato es de palabra (acuerdo entre las partes, pero nada por escrito).
La diseñadora fija su presupuesto. Exige el 50% por adelantado, el 50 restante a contra entrega de los originales para imprenta.
El contratante le adelanta el 55%, en buena fe, pero la diseñadora no cumple ni con los tiempos ni los trabajos pactados.
El contratante decide dar por finalizado el contrato, y accede a pagar el proporcional de lo trabajado (lo que corresponda por lo que hizo, lo cual es menos del 20% de lo pactado y adelantado).
La diseñadora primero dice "represupuestar" su trabajo, en base a lo realizado, y finalmente le dice que no le devuelve nada de lo pagado por considerarlo "costas" de su trabajo "intelectual".
Dicho trabajo "intelectual", no se ve representado en los diseños o entregas (2) realizadas.
La diseñadora no quiere devolver ni un peso.
El contratante tiene un proyecto detenido por incumplimiento de tiempos y formas... y plata perdida?.
Mi consulta es: qué parte de la legislación laboral explicíta sobre los acuerdos de palabra, contratos laborales (si se quiere) donde no figura un papel de por medio?
El contratante, tiene todos los mails, y las "entregas" (dado que fueron en formato digital, también).
Qué se puede hacer para intimar a esta persona que no quiere conciliar un acuerdo de "remuneración" correspondiente a su trabajo pactado e incumplido, de buena fe?
Desde ya, les agradece,
Kobayashi.
{fiat iustitia pereat mundus}
los molesto con una consulta cuasi "boluda".
Tengo un conocido que se dedica a la publicación de su revista.
Tiene por "contrato" a una diseñadora.
El contrato es de palabra (acuerdo entre las partes, pero nada por escrito).
La diseñadora fija su presupuesto. Exige el 50% por adelantado, el 50 restante a contra entrega de los originales para imprenta.
El contratante le adelanta el 55%, en buena fe, pero la diseñadora no cumple ni con los tiempos ni los trabajos pactados.
El contratante decide dar por finalizado el contrato, y accede a pagar el proporcional de lo trabajado (lo que corresponda por lo que hizo, lo cual es menos del 20% de lo pactado y adelantado).
La diseñadora primero dice "represupuestar" su trabajo, en base a lo realizado, y finalmente le dice que no le devuelve nada de lo pagado por considerarlo "costas" de su trabajo "intelectual".
Dicho trabajo "intelectual", no se ve representado en los diseños o entregas (2) realizadas.
La diseñadora no quiere devolver ni un peso.
El contratante tiene un proyecto detenido por incumplimiento de tiempos y formas... y plata perdida?.
Mi consulta es: qué parte de la legislación laboral explicíta sobre los acuerdos de palabra, contratos laborales (si se quiere) donde no figura un papel de por medio?
El contratante, tiene todos los mails, y las "entregas" (dado que fueron en formato digital, también).
Qué se puede hacer para intimar a esta persona que no quiere conciliar un acuerdo de "remuneración" correspondiente a su trabajo pactado e incumplido, de buena fe?
Desde ya, les agradece,
Kobayashi.
{fiat iustitia pereat mundus}