PREGUNTA escribió:PERDON PERO ME TIENE MAL EL TEMA, QUIEN HACE LA CEDULA NOTIFICANDO LA SENTENCIA?
Y SI SE DIERA EL CASO QUE EL VENCEDOR NO NOTIFICARA POR CEDULA Y PASA MUCHO TIEMPO, PUEDE EL QUE PERDIO NOTIFICARSE E INTERPONER RECURSO APELACION? O LE PUEDEN CORRER PLAZOS?
JURISPRUDENCIA? DOCTRINA, ALGUN LIBRE?
GRACIAS
De oficio no lo hacen. Podrían pero no es así. Las partes lo notifican por cédula o pueden quedar notificados por los modos normales de notificación. Si la notificación no se produce no corren los plazos y por ende, es recién a partir de esta que corre el plazo para apelar. O Sea en criollo. si te interesa que se entere de la sentencia, notificá. Peeero, si como veo te acaban de intermponer después de pasado tiempo de la sentencia una apelación, fijate, si no hay algún retiro de copia, de expte o algo de lo cual se infiera estaba notificado.