El caso es sencillo. Sucesión: Causante con ultimo domicilio en Jujuy, propiedad en Jujuy; Heredero único en La Plata, Abogado (Yo) en La Plata. Bueno el tema es que tengo claro que la prorroga es solo territorial y dentro de la Provincia. No hay prorroga de Jurisdicción entre Provincias, si o si es competente el Juez del Ultimo Domicilio del Causante. Pero en el hipotético caso que algún forista que sepa mas que yo del tema o hubiera tenido un caso similar o conozca un jurisprudencia o por que no alguna trampita, se lo agradecería.
En su defecto algun colega de Jujui que le interese tomar el caso
En su defecto algun colega de Jujui que le interese tomar el caso