Hola!!!Necesito hacer una liquidacion y no se bien que leyes se aplican, la 25013 en cuanto al tema del calculo por indemniz. x antiguedad fue derogada por la 25877 art. 5°, no?
Les comento el caso, es de una chica que ingresa a trabajar en una
remiseria el 02/01/08, como esta remiseria tuvo problemas y ella no figuraba en blanco, cambia de nombre (el empleador sigue siendo el mismo) y la registran el 07/03/08 con una remuneracion mensual de $474, cuando su ingreso mensual real es de $800.
Ahora van a proceder al cierre de la misma y van a reabrirla otras personas.
Para no despedirla le dicen que mande un telegrama de renuncia, por lo
que obviamente le dije que no hiciera y que espere a que ellos se lo
manden o en su defecto en cuanto ellos procedan a pagarle la
liquidacion final, recien ahi que envie el telegrama de renuncia, y
que mientras tanto busque documentacion que vincule a ambas firmas.
Quiere saber cuanto le corresponderia para reclamar, y es por eso que
recurro a Uds......
Se que le deberian, indeminizacion por: antiguedad, sac, vacaciones,
preaviso, mas el mes en curso que no se lo abonaron, + el certificado
del art.80 de la lct. (mas las multas por la deficiente
registracion!!!!!)
Fecha real de ingreso: 02/01/08
Fecha en que se produciria el distracto laboral: 30/05/08
Real remuneracion: $800
Remuneracion registrada a partir del 07/03/08 $474
Horario de trabajo; Lunes a sabados (total de 9hs.)
Mil gracias por su ayuda, como siempre!
Les comento el caso, es de una chica que ingresa a trabajar en una
remiseria el 02/01/08, como esta remiseria tuvo problemas y ella no figuraba en blanco, cambia de nombre (el empleador sigue siendo el mismo) y la registran el 07/03/08 con una remuneracion mensual de $474, cuando su ingreso mensual real es de $800.
Ahora van a proceder al cierre de la misma y van a reabrirla otras personas.
Para no despedirla le dicen que mande un telegrama de renuncia, por lo
que obviamente le dije que no hiciera y que espere a que ellos se lo
manden o en su defecto en cuanto ellos procedan a pagarle la
liquidacion final, recien ahi que envie el telegrama de renuncia, y
que mientras tanto busque documentacion que vincule a ambas firmas.
Quiere saber cuanto le corresponderia para reclamar, y es por eso que
recurro a Uds......
Se que le deberian, indeminizacion por: antiguedad, sac, vacaciones,
preaviso, mas el mes en curso que no se lo abonaron, + el certificado
del art.80 de la lct. (mas las multas por la deficiente
registracion!!!!!)
Fecha real de ingreso: 02/01/08
Fecha en que se produciria el distracto laboral: 30/05/08
Real remuneracion: $800
Remuneracion registrada a partir del 07/03/08 $474
Horario de trabajo; Lunes a sabados (total de 9hs.)
Mil gracias por su ayuda, como siempre!