Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • QUE PORCENTAJE SE COBRA EN UNA CONSIGNACION??

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #174269  por tomhagen836
 
Foristas: Tengo un caso en el que a mi cliente lo despiden de una empresa grafica, le comunican que la liquidacion final esta a su dispocion y luego le consignan el pago en provincia. Por lo que vi la liquidacion estaria bien hecha, dado que el trabajador nunca estuvo en negro, no realizaba horas extras, no habria diferencias de convenio.
Mi cliente ya me un poder a favor mio. La pregunta es...¿Se pide que se libre giro? ¿Tengo derecho a cobrar algun porcentaje del dinero que deposito la empresa? ¿que porcentaje seria?
Muchas gracias, espero alguna respuesta.

 #174914  por tomhagen836
 
Alguien podria responder mi consulta?? Gracias.

 #175389  por Moniluj
 
El solo hecho de molestarte en revisar la liquidación y por ahí, pedir el giro del dinero, ya es un gran trabajo. Fijate que cualquier persona, sin la ayuda de un abogado no puede revisar la liquidación.
La verdad, que soy bastante mala para cobrar, me cuesta mucho, regalo mucho. Que no te pase esto, sopesá cuáles han sido tus molestias, los gastos (café, nafta, papel, electricidad de la compu). Si me tocara, pensaría en un 10% de la liquidación, si es bajo o alto, ya algún otro contestará y clarificará el panorama.