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  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #174925  por COLUMBO
 
Estimados tributaristas y/o contadores
Me acaba de llagar la Res. 2455 de ANSES.
Entiendo que extiende el universo de contribuyentes que puede utilizar el Sistema Simplificado, antes solo reservado a la 4ª categorìa.
Esto es que por ej. un mèdico, un taxista, que explote personalmente su actividad pueden utilizarlo
Ademàs no deben anticipos.
Esto si no tienen deudas y/o patrimonio en el exterior
Entendì bien?
Gracias por colaborar conmigo en esta àrea :wink:

Saludos
COLUMBO

 #188494  por malae
 
Columbo:

Te recuerdo que un taxista es un sujeto que posee una explotación unipersonal, habida cuenta de que tiene un capital afectado a la actividad.

Distinta es la situación en el caso de un médico, que desarrolla su tarea profesional y por lo tanto, sigue siendo cuarta categoría, únicos a los que comprende régimen simplificado de Ganancias.

Saludos!

 #189387  por COLUMBO
 
malae escribió:Columbo:

Te recuerdo que un taxista es un sujeto que posee una explotación unipersonal, habida cuenta de que tiene un capital afectado a la actividad.

Distinta es la situación en el caso de un médico, que desarrolla su tarea profesional y por lo tanto, sigue siendo cuarta categoría, únicos a los que comprende régimen simplificado de Ganancias.

Saludos!
Gracias.
Comprendì entonces, sigue como antes, solo para la 4º categorìa
Saludos

COLUMBO