estimados:
esto tramita en juzgado civil de capital...
el tema se inicia con una denuncia por violencia.... se ordena la exclusion del hogar y de radio al violento (concuibino de mi clienta)....
ahora el tema es que el excluido... tiene que retirar efectos personales.... y demas.... por medio de oficio se ordena a la comisaria que intervenga y este presente cuando retire sus pertenencias... pero fue y no retiro nada... decia q le faltaban cosas... y se paseo varias veces por frente del edificio...
ademas: mi clienta y su ex concubino, eran ambos firmantes como locatarios de la propiedad en la que vivian.... ahora el mando una carta doc, señalando que como no se encuentra mas en la vivienda, desde tal fecha no se responsabiliza de abonar mas nada en relacion al contrato....
bajo apercibimiento de solicitar EL MISMO... el desalojo (a eso no le tememos puesto que todos sabemos que no tiene legitimacion para solicitar desalojo alguno....)
el tema es que les parece que haga?
yo pense en solicitar la audiencia que prevee la ley de violencia fliar de capital.... y ahi exponer todo esto.... ver si el se puede hacer cargo de la rescision del contrato en un 50%, porque mi clienta va a rescindirlo... el 30 de junio entregara la propiedad, y tendra que abonar penalidad por resolucion anticipada.... se le hace engorroso....
opino que el tema de que a el se lo haya excluido, no implica que deja de ser locatario... puesto que firmo un contrato... y la exclusion es una cuestion personal de los locatarios... q no atañe al contrato (en definitiva el locador ... si quiere demandar en el caso de que mi clienta no hubiera pagado mas el alquiler, lo haria a los dos.... y no le va a importar que uno de ellos haya sido excluido creo)...
que opinan uds?
ademas les cuento otra cosa.... hay bienes muebles comunes entre ambos ex concubinos.... el excluido... sacaba todo a credito por ende pagaba con su tarjeta de credito.... y mi clienta le abonaba el 50 % del valor de los mismos, en mano, obviamente sin pedirle comprobante alguno...
hoy el reclama todos los muebles y enseres domesticos, desde cucharitas hasta heladera... lavavajillas.... todoooooooooo....
mi clienta esta perdida en cuanto a este tema? como puedo hacer para probar que son comunes? dado que el excluido con solicitar extracto de su cuenta... le figura que compro y pago el todos los muebles...
ahhh y por ultimo.... en virtud de que mi clienta va a dejar el depto donde vivian... pregunto ? la esclusion rige respecto del nuevo domicilio de ella? me imgino q tendre q denuncar nuevo domicilio y q se haga extensiva la medida al mismo no?
ademas, el plazo por el que se ordeno...venceria en 45 dias, que hago? puedo solicitar que se extienda... a pesar de que mi clienta se muda el 30 de junio? aclaro que la medida venceria el 15 de julio...
que piensan?
como hago el escrito donde solicito la audiencia?
me tiran algun modelito?
me tiran ideas?
desde ya muchas pero muchas gracias
y espero no haberlos aburrido tanto...
Saludos
esto tramita en juzgado civil de capital...
el tema se inicia con una denuncia por violencia.... se ordena la exclusion del hogar y de radio al violento (concuibino de mi clienta)....
ahora el tema es que el excluido... tiene que retirar efectos personales.... y demas.... por medio de oficio se ordena a la comisaria que intervenga y este presente cuando retire sus pertenencias... pero fue y no retiro nada... decia q le faltaban cosas... y se paseo varias veces por frente del edificio...
ademas: mi clienta y su ex concubino, eran ambos firmantes como locatarios de la propiedad en la que vivian.... ahora el mando una carta doc, señalando que como no se encuentra mas en la vivienda, desde tal fecha no se responsabiliza de abonar mas nada en relacion al contrato....
bajo apercibimiento de solicitar EL MISMO... el desalojo (a eso no le tememos puesto que todos sabemos que no tiene legitimacion para solicitar desalojo alguno....)
el tema es que les parece que haga?
yo pense en solicitar la audiencia que prevee la ley de violencia fliar de capital.... y ahi exponer todo esto.... ver si el se puede hacer cargo de la rescision del contrato en un 50%, porque mi clienta va a rescindirlo... el 30 de junio entregara la propiedad, y tendra que abonar penalidad por resolucion anticipada.... se le hace engorroso....
opino que el tema de que a el se lo haya excluido, no implica que deja de ser locatario... puesto que firmo un contrato... y la exclusion es una cuestion personal de los locatarios... q no atañe al contrato (en definitiva el locador ... si quiere demandar en el caso de que mi clienta no hubiera pagado mas el alquiler, lo haria a los dos.... y no le va a importar que uno de ellos haya sido excluido creo)...
que opinan uds?
ademas les cuento otra cosa.... hay bienes muebles comunes entre ambos ex concubinos.... el excluido... sacaba todo a credito por ende pagaba con su tarjeta de credito.... y mi clienta le abonaba el 50 % del valor de los mismos, en mano, obviamente sin pedirle comprobante alguno...
hoy el reclama todos los muebles y enseres domesticos, desde cucharitas hasta heladera... lavavajillas.... todoooooooooo....
mi clienta esta perdida en cuanto a este tema? como puedo hacer para probar que son comunes? dado que el excluido con solicitar extracto de su cuenta... le figura que compro y pago el todos los muebles...
ahhh y por ultimo.... en virtud de que mi clienta va a dejar el depto donde vivian... pregunto ? la esclusion rige respecto del nuevo domicilio de ella? me imgino q tendre q denuncar nuevo domicilio y q se haga extensiva la medida al mismo no?
ademas, el plazo por el que se ordeno...venceria en 45 dias, que hago? puedo solicitar que se extienda... a pesar de que mi clienta se muda el 30 de junio? aclaro que la medida venceria el 15 de julio...
que piensan?
como hago el escrito donde solicito la audiencia?
me tiran algun modelito?
me tiran ideas?
desde ya muchas pero muchas gracias
y espero no haberlos aburrido tanto...
Saludos