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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #182024  por Mónica Ruiz
 
Les pregunto puede la madre que dejo que su concubino reconociera a su hijo (siendo este de otro padre) como propio, habiendolo afirmado ante el ministerio publico, ahora quiere impugnar la paternidad.

 #182298  por drgallegol
 
Hola, si la madre tiene legitimación activa. La acción de impugnación se rige por el art. 263 CCivil:

Art. 263. El reconocimiento que hagan los padres de los hijos concebidos fuera del matrimonio puede ser impugnado por los propios hijos o por los que tengan interés en hacerlo. El hijo puede impugnar el reconocimiento en cualquier tiempo. Los demás interesados podrán ejercer la acción dentro de los dos años de haber conocido el acto de reconocimiento.

Al ser la madre, su único límite es el tiempo.

Saludos y éxitos!