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  • regulaciones vergonzosas.-

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #185673  por 123justicia
 
La verdad estoy mirando los expedientes y las regulaciones de los mismos, por partes de los respectivos juzgados, son increibles!
ya tengo la respuesta a una de mis dudas que hice en otro post.
SIEMPRE hay que convenir honorarios con el cliente, si no es asi y esperas que el juzgado regule, en mi opinion no podes trabajar.-
que opinas? :roll: :roll:
 #186677  por leopoldo
 
opino igual que vos. yo hago lo mismo. le cobro priemro, aunque sea la mitad y el resto cuando me regulen. si no no se puede trabajar
 #188012  por DRA. MACA
 
123justicia escribió:La verdad estoy mirando los expedientes y las regulaciones de los mismos, por partes de los respectivos juzgados, son increibles!
ya tengo la respuesta a una de mis dudas que hice en otro post.
SIEMPRE hay que convenir honorarios con el cliente, si no es asi y esperas que el juzgado regule, en mi opinion no podes trabajar.-
que opinas? :roll: :roll:
Opino que siempre hay que realizar el respectivo convenio de honorarios con el cliente, luego se ejecuta como corresponde. Se abonan gastos de inicio, todos aquellos que luego correspondan a lo largo del proceso y el porcentaje final de honorarios.