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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #189588  por gigi
 
Hola a todos los foristas...quisiera que me den una opinion...
Vino a verme la conyuge de un trabajador que fallecio hace unos días...
Este hombre era portero de un edificio con una antiguedad de 32 años..Ellos estaban separados de hecho desde hace mucho años pero nunca hicieron el divorcio pero mantenian una excelente relacion. De hecho ella fue quien lo cuido junto a los tres hijos que tuvieron durante toda su enfermedad. Este hombre no formo pareja nunca. No hay concubina ni concubino alguno en los dos casos...
Si bien sus hijos son por orden de prelacion quienes deberían cobrar la indemnizacion. Cabe la posibilidad de que ella este incluida...?
Por otro lado, su hijo mayor es el beneficiario del seguro olbligatorio y es quien mas problemas esta ocasionando pues no considera que la madre deba cobrar suma alguna..
Alguien puede darme su opinión...?
 #189590  por evasusana
 
Una cosa es el seguro que en este caso al haber desigando un beneficario es quien cobra.
Para el caso de la indemnizacion la viuda tiene derecho a cobrar peo no digas nada que estaban separados no hay sentencia de divorcio ni nada que se le parezca-
 #189595  por gigi
 
evasusana escribió:Una cosa es el seguro que en este caso al haber desigando un beneficario es quien cobra.
Para el caso de la indemnizacion la viuda tiene derecho a cobrar peo no digas nada que estaban separados no hay sentencia de divorcio ni nada que se le parezca-
si ...yo no diria nada si no fuese que este hombre era portero ...el consorcio conocia esa situacion...y por otro lado me da toda la sensacion que si el ijo esta ocasioando problemas es justmaente porque no es lo mismo dividir entre tres que hacerlo entre cuatro...me entiendo..?

 #189664  por DAL
 
Efectivamente el hijo es el que va a ocasionar el problema, y no tanto el consorcio, que cumple pagando a todos. Y como no se exime de pagar por no tener derecho la mujer, es decir no se ahorra nada, no hará tanta historia, y no estoy segura que se animen por sí a excluir ellos a la esposa. Por eso creo que el consorcio le pagaría a los cuatro. Pero el hijo SÍ va a renegar. Mal bicho, no? es su propia madre. Pero realmente a ella no le corresponde y tene en cuenta que la señora se va a pensionar, y eso es es de ella y no de los hijos, asi que no sale sin nada tampoco.

Saludos!!!

 #190499  por amg
 
Yo creo que si no hay divorcio, no hay disolución de la sociedad conyugal y las indemnizaciones laborales son gananciales, por tanto le corresponden a la viuda aunque este separada de hecho.