Buenos Aires, 12 de Febrero de 2007.-
CIRCULAR GP Nº 08/07
JAAP "JUBILACIÓN AUTOMÁTICA DE AUTÓNOMOS PUROS"
BENEFICIOS SUSPENDIDOS EN RUB
AMPLIACIÓN CIRCULAR GP Nº 68/06
Se pone en conocimiento de las áreas operativas las nuevas causas de suspensión al momento de la liquidación de los beneficios de JAAP, que pueden visualizarse en el RUB y el tratamiento que deben darle las UDAI/UDAC ante un reclamo del beneficiario :
• "33 - SUSP. POR FALLECIMIENTO"
o
Presentación de derechohabientes con derecho a pensión: deberán tramitar la pensión y los haberes devengados de acuerdo a la normativa vigente. Se recuerda que para estos casos no puede tramitarse la pensión por web toda vez que el beneficio NUNCA se puso en curso de pago
o
Reclamo de haberes devengados de acuerdo con las pautas previstas en la Resolución DE 1178: se resuelven de acuerdo con la normativa vigente. Para tener acceso al expediente virtual del causante se debe proceder de acuerdo con los previsto en la Norma PREV 31-02 inc) e.
• "34 - SUSP. Res. 884/06 BENEFICIO O EXPEDIENTE ANSES
o
Convenios de Inclusión Previsional y "Contraturnos": deberán consultar en la página de INTRANET -Utilitarios - Pestaña "Exceptuados Res DE 884/06" y si el beneficiario que reclama se encuentra incluido en dicho archivo, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización, debiéndose imprimir el resultado de la consulta para su resguardo y verificar el pago de la 1º cuota realizado.
o
Excepciones previstas en la Circular GP Nº 70/06: si del análisis del reclamo se desprende que se encuentra alcanzado por alguna de la excepciones previstas en la circular mencionada, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización, debiéndose adjuntar la documentación de respaldo y verificar el pago de la 1º cuota realizado
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
"2007 - Año de la Seguridad Vial"
• "35 - SUSP. Res. 884/06 BENEFICIO O EXPEDIENTE PNC"
o
Teniendo en cuenta que se ha acordado un procedimiento con la Comisión Nacional de Pensiones No Contributivas, en los casos de reclamos de suspensión por contar con un beneficio acordado o un expediente iniciado de Pensión No Contributiva (PNC), deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización ,en tanto el beneficiario presente como documentación de respaldo el " formulario de la opción expresa del beneficio jubilatorio y solicitud de baja de PNC ", prevista en la Resolución GNPyS Nº 62/06 y se verifique el pago de la 1º cuota realizado.
• "36 - SUSP. DEUDA POSTERIOR A MORATORIA"
o
Para estos casos las UDAI UDAC deberán verificar en el SICAM, que se encuentren abonados los pagos de los períodos mensuales posteriores a la consolidación de la moratoria, adjuntando impresión de la pantalla en donde se verifican los mismos. De encontrarse cumplimentados, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización.
CIRCULAR GP Nº 08/07
JAAP "JUBILACIÓN AUTOMÁTICA DE AUTÓNOMOS PUROS"
BENEFICIOS SUSPENDIDOS EN RUB
AMPLIACIÓN CIRCULAR GP Nº 68/06
Se pone en conocimiento de las áreas operativas las nuevas causas de suspensión al momento de la liquidación de los beneficios de JAAP, que pueden visualizarse en el RUB y el tratamiento que deben darle las UDAI/UDAC ante un reclamo del beneficiario :
• "33 - SUSP. POR FALLECIMIENTO"
o
Presentación de derechohabientes con derecho a pensión: deberán tramitar la pensión y los haberes devengados de acuerdo a la normativa vigente. Se recuerda que para estos casos no puede tramitarse la pensión por web toda vez que el beneficio NUNCA se puso en curso de pago
o
Reclamo de haberes devengados de acuerdo con las pautas previstas en la Resolución DE 1178: se resuelven de acuerdo con la normativa vigente. Para tener acceso al expediente virtual del causante se debe proceder de acuerdo con los previsto en la Norma PREV 31-02 inc) e.
• "34 - SUSP. Res. 884/06 BENEFICIO O EXPEDIENTE ANSES
o
Convenios de Inclusión Previsional y "Contraturnos": deberán consultar en la página de INTRANET -Utilitarios - Pestaña "Exceptuados Res DE 884/06" y si el beneficiario que reclama se encuentra incluido en dicho archivo, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización, debiéndose imprimir el resultado de la consulta para su resguardo y verificar el pago de la 1º cuota realizado.
o
Excepciones previstas en la Circular GP Nº 70/06: si del análisis del reclamo se desprende que se encuentra alcanzado por alguna de la excepciones previstas en la circular mencionada, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización, debiéndose adjuntar la documentación de respaldo y verificar el pago de la 1º cuota realizado
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
"2007 - Año de la Seguridad Vial"
• "35 - SUSP. Res. 884/06 BENEFICIO O EXPEDIENTE PNC"
o
Teniendo en cuenta que se ha acordado un procedimiento con la Comisión Nacional de Pensiones No Contributivas, en los casos de reclamos de suspensión por contar con un beneficio acordado o un expediente iniciado de Pensión No Contributiva (PNC), deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización ,en tanto el beneficiario presente como documentación de respaldo el " formulario de la opción expresa del beneficio jubilatorio y solicitud de baja de PNC ", prevista en la Resolución GNPyS Nº 62/06 y se verifique el pago de la 1º cuota realizado.
• "36 - SUSP. DEUDA POSTERIOR A MORATORIA"
o
Para estos casos las UDAI UDAC deberán verificar en el SICAM, que se encuentren abonados los pagos de los períodos mensuales posteriores a la consolidación de la moratoria, adjuntando impresión de la pantalla en donde se verifican los mismos. De encontrarse cumplimentados, deberán proceder a la activación del beneficio por el sistema REPA para Reparto y el SC00 para Capitalización.
Dra. Martha