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  • testigo alcanzado por la grales de la ley

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #190482  por amparito
 
Hola si alguien me puede ayudar, quiesiera descartar a un testigo que ofreció la actora en un juicio donde defiendo a la demandada, y la testigo está de nuestra parte. Qué sucede si la misma está alcanzada por las grales de la ley? no declara? quiero usarlo como recuerso para que no declare y si lo hace que su testimonio no sea tenido en cuenta. gracias.

 #190506  por amg
 
No entiendo el testigo lo ofreció la actora y esta de parte de la demandada?

 #190516  por amparito
 
amg escribió:No entiendo el testigo lo ofreció la actora y esta de parte de la demandada?
Sí, lo ofreció la actora pero sin contar con el consentimiento del testigo. El testigo está de parte de la demandada. Entonces, quiero ver de qué manera impugno el testimonio o impido que declare, por eso preguntaba: si el tribunal al interrogarlo por las generales de la ley, el testigo dice que sí, porque resulta por ej. enemigo del actor, u otra cosa, le toman igual declaración? o bien ponderarán luego el testimonio. Gracias por preguntar.

 #190517  por MF
 
amparito escribió:
amg escribió:No entiendo el testigo lo ofreció la actora y esta de parte de la demandada?
Sí, lo ofreció la actora pero sin contar con el consentimiento del testigo. El testigo está de parte de la demandada. Entonces, quiero ver de qué manera impugno el testimonio o impido que declare, por eso preguntaba: si el tribunal al interrogarlo por las generales de la ley, el testigo dice que sí, porque resulta por ej. enemigo del actor, u otra cosa, le toman igual declaración? o bien ponderarán luego el testimonio. Gracias por preguntar.
Y si al momento de la repregunta organizás un cuestionario que tienda a beneficiar a tu parte?. Digo, armar las preguntas a cerca de los hechos que quieras dejar asentados? . Esperemos que los de experiencia contesten más cosas.

 #190525  por amg
 
Estoy de acuerdo con MF, maneja la situación de manera que te sea favorable, que mejor que un testigo de la contraria avale nuestros dichos.

 #190569  por DAL
 
La tacha del testigo de ningun modo, por lo menos en mi código, impide la declaración del mismo. El testigo debe ir y declarar. Por supuesto que a la hora de ser interrogado por la contraparte, se puede aprovechar para sacar de este testigo toda la información adversa a la actora y favorable a la demandada. Siendo testigo ofrecido por la propia actora, los jueces valoran muy seriamente lo que dicen contra la actora. Es decir, los jueces esperan que el testigo de la actora corrobore los dichos de la actora y que los de la demandada corroboren los de la demandada. Así, se neutralizan entre sí. Lo que sirve, para ganar el juicio, es obtener elementos favorables a la posición DE UNA PARTE, de los testigos aportados POR LA OTRA PARTE.
Se entiende?

 #190600  por estudiorosario
 
En Santa Fe la tacha tampoco impide la declaracion del testigo. Si en las generales surge alguna causal, lo podes tachar y el juez recien va a resolver la incidencia en la sentencia. Tené presente que en el proceso laboral las causales de tacha son restrictivas.
Coincido con lo que te aconsejaron los demás colegas. Ya que es conocido y está a tu favor vas a saber decirle cómo tiene que contestar y hacer preguntas que puedan favorecer tu parte.

 #190661  por amparito
 
Chicos, muchas gracias por vuestra colaboración.

 #190662  por amparito
 
DAL escribió:La tacha del testigo de ningun modo, por lo menos en mi código, impide la declaración del mismo. El testigo debe ir y declarar. Por supuesto que a la hora de ser interrogado por la contraparte, se puede aprovechar para sacar de este testigo toda la información adversa a la actora y favorable a la demandada. Siendo testigo ofrecido por la propia actora, los jueces valoran muy seriamente lo que dicen contra la actora. Es decir, los jueces esperan que el testigo de la actora corrobore los dichos de la actora y que los de la demandada corroboren los de la demandada. Así, se neutralizan entre sí. Lo que sirve, para ganar el juicio, es obtener elementos favorables a la posición DE UNA PARTE, de los testigos aportados POR LA OTRA PARTE.
Se entiende?
Gracias por el aporte, veré cómo manejarlo.

 #190686  por MORGAN
 
Yo he ofrecido como testigo, estando por la actora, a un jefe que por supuesto estaba de parte del empresario, seguro que cuando leyeron la demanda, riéndose, pensaron que boludo este tipo dejalo que lo ofrezca total este testigo está de nuestro lado, cuando se llegó a la etapa de producción de las pruebas lo desistí, por supuesto que a propósito, porque a mi no me interesaba y así fue una manera de hacerles perder el mejor de los testigos. Me ha pasado en otras similares que la contraparte se avivó y también lo ofreció. Acá en pcia. de Buenos Aires no existe más el sistema de tachas.

 #190860  por DAL
 
Ja!!! vivo, yo no puedo desisitir del testigo. Mejor dicho puedo, pero igualmente lo puede citar la otra parte, ya que una vez ofrecida la prueba, deja de ser prueba de la parte para ser prueba del juicio (principio de adquisición de la prueba).

 #190862  por DAL
 
El viernes tuve una audiencia con dos testigos, ambos testigos declaran en las generales de la ley ser amigos del actor, quien los ofrecio. Durante la declaración todo lo que saben, al preguntarseles por que lo saben, dicen que lo saben porque se los contó el actor: o sea, los alcanzaban las generales de la ley y además eran testigos de oidas. Taché a ambos pero la cosa se resuelve en la sentencia. Mañana lunes pido clausura si vencieron los plazos, veremos si le viene algun otro testigo.

Saludos!!!!

 #190863  por amparito
 
DAL escribió:Ja!!! vivo, yo no puedo desisitir del testigo. Mejor dicho puedo, pero igualmente lo puede citar la otra parte, ya que una vez ofrecida la prueba, deja de ser prueba de la parte para ser prueba del juicio (principio de adquisición de la prueba).
Claro que sí, un mismo testigo puede ser ofrecido por ambas partes. En lo laboral éso es muy frecuente. Ahora tengo una vista en agosto, donde convoqué al encargado como testigo del trabajador (que encima es pariente mío, vamos a ver cómo es porta jajaj) yla empleadora también lo convocó. Nada impide que deponga para ambas partes, pero... vamos a ver qué es lo que dice. Gracias por el aporte.