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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #190496  por amparito
 
Hola, tengo un caso: trabajador renuncia, luego firma un acuerdo por el tiempo trabajado y percibe algo de dinero. Al tiempo intima por 24.013 y demás deudos, luego demanda, y plantea nulidad del teleg de renuncia, qué les parece? prosperará?

 #190553  por matiassergio
 
Q dice el acuerdo que firmo? Seguramente incluye la clausula que el empleado no podra demandar ningun pago mas en concepto de indemnizacion y demas...
Porque plantea la nulidad del telegrama? Que motivos dio? No lo veo viable...Igual espera otros comentarios

Saludos

 #190601  por Marielp
 
Lo veo muy enroscado . Aun así fuera que lo obligaron a renunciar y lo obligaron a firmar un convenio , hay que plantear una lesion , ojo con las pruebas ! , es muy complicado !!!! ¿ vale la pena ?

 #190606  por GU
 
De por si, en el caso que relatas, la 24013 es improcedente.

Aun con la nulidad de la renuncia, queda pendiente el acuerdo firmado, por lo que indudablemente la relacion laboral se encontraba extinguida.

Saludos!

 #190611  por amparito
 
Marielp escribió:Lo veo muy enroscado . Aun así fuera que lo obligaron a renunciar y lo obligaron a firmar un convenio , hay que plantear una lesion , ojo con las pruebas ! , es muy complicado !!!! ¿ vale la pena ?
Mirá ya hay fecha de vista de causa. No se si vale la pena. Nadie obligó a renunciar ni a firmar, pero.. uds. conocen a los abogados. jaja. gracias por opinar.

 #190627  por amparito
 
GU escribió:De por si, en el caso que relatas, la 24013 es improcedente.

Aun con la nulidad de la renuncia, queda pendiente el acuerdo firmado, por lo que indudablemente la relacion laboral se encontraba extinguida.

Saludos!
sí, pero el acuerdo no está homologado, sí esta reconocido por el actor.

 #191280  por GU
 
Para tener por concluida la relacion laboral no hace falta la homologacion del acuerdo.

Eventualmente, si el acuerdo no representa una justa recomposicion de los intereses de ambas partes, podra impugnarse su validez y reclamar las diferencias, pero ello no implica desconocer la extincion de la relacion laboral.

Por lo menos, desde mi optica.

Saludos!