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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #192731  por jp11179
 
Buenas tardes. Les comento un caso que quizas agarre y es fuera de lo comun (por lo menos para mi que hace poco me inicie y solo hice suceciones pero no tan complejas) Los puntos que conozco del caso son:

-unico inmueble ubicado en Parana con 4 titulares c/u con el 25 %
-esos 4 titulares estan fallecidos.
-respecto de 3 de esos titulares ya inicio sucesion un abogado en Parana.(que fue el que se contacto ofreciendo lo siguiente)

Yo tendria que hacer la sucesion de unico de los titulares que vivia aca y que dejo a 3 hijos, de los cuales 1 murio dejando viuda e hija (convirtiendose en herederas junto a los 2 hijos que viven)

AHORA BIEN, YO TENGO QUE HACER LAS DOS SUCESIONES: LA DEL TITULAR DEL INMUEBLE Y LA DEL HIJO NO? SE HACE TODO EN EL MISMO EXPEDIENTE? BUENO SI ALGUIEN ME DA UNA ORIENTACION SE LO AGRADECERIA, Y SI TIENEN ALGUN MODELO DE DEMANDA MUCHO MEJOR.

Por otro lado el abogado de las sucesiones de Parana me dice que tambien habría que tramitar una autorizacion para vender de la menor.

ALGUEIN TIENE IDEA COMO SE HACE ESO? EN EL MISMO EXPEDIENTE??

Bueno ojala alguien este interesado de darme alguna orientación al respecto. Desde ya saludos y muchas gracias por tomarse el tiempo de leer mis inquitudes y dudas.
Juan Pablo
 #192770  por dra salvi
 
Hola: Mira, por lo q analice quizas puedas abrir la sucesion del titular con el 25% del inmueble y ahi denuncias cmo herederos a los dos hijos q viven, y el hijo del heredero muerto puede ir por derecho de representacion a esa sucesion. Ahi pedis q se reparta entre esos dos hermanos vivos y entre el hijo q va por representacion.......
El tema es q me qda la viuda!!!.....ja......dejame q siga pensando y te veo si puedo aclararte un poco mas.......
otra cosa?.....el bien es propio o gnancial?-......
Salu2!!!

 #200131  por Pato272727
 
Naaa. No hay derecho de representación cuando el hijo muere despues y el derecho de representación solo corresponde a los descendientes nunca a la viuda. PEdí que se acumulen las dos sucesiones, o directamente iniciá la sucesión con dos causantes. denuncia que los bienes son los mismos(requisito para acumular).

Para vender te van a pedir : 1.- dos tasaciones, que van a ser el menor valor de venta. No te extrañe que el defensor público te diga que le parece poco sin ver el inmueble y te pida mas plata para los menores.
2.- destino que le vas a dar al dinero de las menores que debe ser en lugar rentable que no produzca gastos.