[Por lo que sé, después de pasados 10 años de hacer este acta por escritura pública y si no se presentó un titular, les hacen la escritura de dominio del inmueble.
Es un caso particular, en este acta mi cliente declara que posee en forma pública, pacífica, continua y con causa lícita, según convenio privado, el inmueble.
Este convenio es de fecha anterior a su casamiento, pero como todavía no está este bien registrado a su nombre, quería estar segura que al iniciarle el divorcio no lo voy a perjudicar, ya que mi cliente vive en la casa con sus hijos. Y la sra., que hizo abandono del hogar, no ha hecho ningún reclamo sobre la propiedad.
Gracias.
quote="drgallegol"]Hola Romina,
Primero, ¿es una escritura con las formalidades necesarias o es, como vos decís, un acta de comprobación emitida por la Escribanía General de Gobierno? Pareciera no ser lo mismo, pero estás mencionando una Ley Pierri, si mal no recuerdo (en aquellas epocas todavía no era abogado) esa ley le permitía a gente de escasos recursos regularizar situaciones dominiales...quizas la ley equipare acta de comprobación con escritura...
Si es una escritura dominial, entonces, el hecho de haber declarado tu cliente que el bien lo poseía desde antes de casarse, en mi humilde opinión, lo hace un bien propio y no ganancial.
Espero te sea de utilidad.
Saludos![/quote]
Romina