Consulta para los expertos en estos temas que tán poco me agradan y me confunden siempre:
Yo pago bimestralmente el 3,5% de lo que facturo.
Hace unos meses llamé a rentas para consultar mi estado y me dijeron que tenía un saldo a favor de $80, que no tengo idea de dónde salió y me dijeron que podía ser que el juez me hubiese apartado esa suma en concepto de "anticipo de honorarios" - cosa que me confundió aún más porque digamos que yo me enteré de la existencia de esa suma de pura casualidad ya que jamás me hubiese enterado de no haber llamado a rentas -
mis dudas son las siguientes:
1) alguien sabe en virtud de qué puede ser ese "depósito"=
2) Yo lo agregué en "otros pagos" como saldo a favor, el tema es que ahora tengo que pagar en banco los ingresos brutos de un cobro de honorarios (a fin de acreditar en el expediente con la boleta de pago) y no sé cómo opera ese saldo a favor, porque lógicamente yo tengo que pagar el 3,5% y acreditarlo en el expediente y no le puedo decir al juez "pago $80 menos porque lo tengo como saldo a favor en rentas" sino que tengo que pagar la totalidad. Qué pasa entonces en la declaración jurada con ese 3,5%?
Espero que alguien me pueda asesorar, estuve pensando seriamente en consultar con un contador pero recién estoy atendiendo mis primeras causas y no me da el cuero para eso y en rentas no tienen idea de nada
Gracias a todos.
Yo pago bimestralmente el 3,5% de lo que facturo.
Hace unos meses llamé a rentas para consultar mi estado y me dijeron que tenía un saldo a favor de $80, que no tengo idea de dónde salió y me dijeron que podía ser que el juez me hubiese apartado esa suma en concepto de "anticipo de honorarios" - cosa que me confundió aún más porque digamos que yo me enteré de la existencia de esa suma de pura casualidad ya que jamás me hubiese enterado de no haber llamado a rentas -
mis dudas son las siguientes:
1) alguien sabe en virtud de qué puede ser ese "depósito"=
2) Yo lo agregué en "otros pagos" como saldo a favor, el tema es que ahora tengo que pagar en banco los ingresos brutos de un cobro de honorarios (a fin de acreditar en el expediente con la boleta de pago) y no sé cómo opera ese saldo a favor, porque lógicamente yo tengo que pagar el 3,5% y acreditarlo en el expediente y no le puedo decir al juez "pago $80 menos porque lo tengo como saldo a favor en rentas" sino que tengo que pagar la totalidad. Qué pasa entonces en la declaración jurada con ese 3,5%?
Espero que alguien me pueda asesorar, estuve pensando seriamente en consultar con un contador pero recién estoy atendiendo mis primeras causas y no me da el cuero para eso y en rentas no tienen idea de nada
Gracias a todos.