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  • se corto la 1º falnge, com sigue esto?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #195118  por jesi
 
hola
muchacho de 19 años trabaja en una metalurgica, se corto la 1º falange del dedo indice de la mano derecha, esta en blanco, le paga ART hasta ahora todo ok.
le va a quedar algo de incapacidad, como sigue el tema?
que pasa si lo hechan? :roll:

 #195141  por Elvira Meza
 
Hola. En principio todo bien con laART. Cuando le corresponda el alta, la ART deberia fijarle el porcentaje de incapacidad, si el damnificado no está de acuerdo con el alta o el porcentaje fijado, se debe dar intervención al la superintendencia, también se debe dar intervencion en el caso en que la ART no fije el porcentaje porque muchas veces no lo hace.
Saludos
 #195177  por barney
 
jesi escribió:hola
muchacho de 19 años trabaja en una metalurgica, se corto la 1º falange del dedo indice de la mano derecha, esta en blanco, le paga ART hasta ahora todo ok.
le va a quedar algo de incapacidad, como sigue el tema?
que pasa si lo hechan? :roll:
La art le va a fijar un porcentaje de incapacidadsegun las pautas de la la LRT (creo por lo que vos decis es un 11%) segun la actividad, edad, ingreso base, si esta en disconformidad te vas a la comision medica de tu zona y pedis a traves de un formulario junta por disconformidad por el porcentaje de disminucion de la capacidad laborativa, la junta puede confirmar o elevar, luego te queda apelar dictamen e ir ante la la comision medica central (calle moreno en bs as) o a la justicia federal todo ello dentro del sistema de la ley 24557

 #195455  por jesi
 
mil gracias :D

 #195656  por hammann
 
HACE EL CALCULO DE CUANTO LE CORRESPONDE:
ACA UN EJEMPLO
el calculo es de la siguiente manera, segun ley de riesgo: se congelo el dia del accidente el sueldo basico ej: ($1200), se congelo tambien la edad (21 años), y su lesion es rotura de ligamentos cruzados y meñizcos (operado quirurjicamente) mas o menos 15 puntos de incapacidad, siempre se le agrega coeficiente de 53, entonces la cuenta es la siguiente
$1200 (sueldo) x 53 (coeficiente) x 15 (incapacidad) x la diferencia de 65 (jubilacion) / 25 (edad del accidentado)= 2.6, todo dividido 100
Ejemplo: $1200 x 53 x 15 x 2.6 / 100 = $ 24.804 por ley de riesgo
cuando vendo las carpetas a los abogados en lo laboral siempre se hace estas cuentas y es lo que tiene que pagar la ART despues de la junta medica, si queres saber que ART es pagadora o demas sobre como reclamar a las ART me podes llamar.
Jorge TEL: 155410-7864 PARTICULAR DESPUES DE LAS 20:00 4296-1607
SUERTE!!!

 #195897  por barney
 
hammann escribió:HACE EL CALCULO DE CUANTO LE CORRESPONDE:
ACA UN EJEMPLO
el calculo es de la siguiente manera, segun ley de riesgo: se congelo el dia del accidente el sueldo basico ej: ($1200), se congelo tambien la edad (21 años), y su lesion es rotura de ligamentos cruzados y meñizcos (operado quirurjicamente) mas o menos 15 puntos de incapacidad, siempre se le agrega coeficiente de 53, entonces la cuenta es la siguiente
$1200 (sueldo) x 53 (coeficiente) x 15 (incapacidad) x la diferencia de 65 (jubilacion) / 25 (edad del accidentado)= 2.6, todo dividido 100
Ejemplo: $1200 x 53 x 15 x 2.6 / 100 = $ 24.804 por ley de riesgo
cuando vendo las carpetas a los abogados en lo laboral siempre se hace estas cuentas y es lo que tiene que pagar la ART despues de la junta medica, si queres saber que ART es pagadora o demas sobre como reclamar a las ART me podes llamar.
Jorge TEL: 155410-7864 PARTICULAR DESPUES DE LAS 20:00 4296-1607
SUERTE!!!
Muy buena tu profesion jorge
:oops: