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  • Omisión de Nº DNI en Certificado de Defunción

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 #196722  por Alma
 
Hola Foristas!!! necesito orientación... en un certificado de defunción omitieron agregar el nº de DNI del fallecido porque el documento que había sido extaviado se encontraba en trámite, la esposa necesita realizar el trámite de pensión y no puede acreditar el fallecimiento de su esposo ya que el certificado no le sirve porque no tiene el Nº de DNI... :roll: Gracias!
 #196754  por laurachappe
 
Estimada Alma:

Si es cónyuge puede tener el dni en la libreta de casamiento o en el acta, partidas de nacimiento de los hijos, etx.

Siendo una relación tan próxima, no creo que sea tan complicado hallar el dato.

Espero que tengas suerte.

Saludos cordiales.

Laura

 #196882  por Paternal
 
Si no llegas a encontrarlo, tenes que pedir rectificacion de la partida de Defuncion en el Registro Civil Central. Desarchivan la documentacion con la que confeccionaron el acta y ahi figuran todos los datos.

Saludos.

 #196950  por Alma
 
Hola Chicos!!! tenemos el nº de DNI, el tema es que no se lo incluyó en el certificado de defunción. Mi pregunta es cómo hago ahora para que aparezca en el acta de defunción? tal vez sea como dice Paternal, solicitar la rectificación del acta de defunción??? Gracias!!

 #196958  por laurachappe
 
Seguro!

Suerte!

Laura

 #198335  por Esteban25
 
Tenes que hacer una información sumaria.
Haces un escrito como si fuera una demanda pero con titulo Informacion sumaria o Solicita rectificacion de part de defuncion.
El objeto es que se rectifique partida de defunción. Relatas los hechos, agregas documentacón, solicitas se libren oficios al reg. civil.
Sorteas, en la planilla va el nombre del difunto.
El juez va a ordenar los oficios correspondientes al Reg. Civil y van a rectificar la partida de defunción

 #198369  por Paternal
 
Esteban25 escribió:Tenes que hacer una información sumaria.
Haces un escrito como si fuera una demanda pero con titulo Informacion sumaria o Solicita rectificacion de part de defuncion.
El objeto es que se rectifique partida de defunción. Relatas los hechos, agregas documentacón, solicitas se libren oficios al reg. civil.
Sorteas, en la planilla va el nombre del difunto.
El juez va a ordenar los oficios correspondientes al Reg. Civil y van a rectificar la partida de defunción
Este caso, tal como marcas, es si el Dpto de Rectificaciones del Civil encuentra que te falta algun dato mas (es muy comun que no pongan el nombre de los padres) y considere que esta en juego la identidad del difunto y el tramite es Judicial.

Averigua antes de iniciar el Expte Judicial si te aceptan el tramite en sede administrativa porque solo tarda 30, 40 dias desde que lo ingresas. (si es en capital)

 #198573  por Alma
 
Hola! Gracias por responder!!!
Paternal: ya averigué en el Reg. civil y me dijeron que cuando ésta persona falleció le tomaron huellas dactiloscópicas por lo que solamente van a rectificar la partida con una orden judicial, según ellos, no pueden hacer nada en sede administrativa.

Esteban25: Es decir que es lo mismo que el título sea RECTIFICACION DE PARTIDA que INFORMACION SUMARIA? con las pruebas documentales que tengo creo que es re suficiente, no se necesitan testigos verdad???
:lol:

 #199936  por Paternal
 
Entonces, el procedimiento es tal como te dijo Esteban. Yo labure un tiempo en esa dependencia del GCBA y de cada 10 tramites mas o menos, 4 se pueden solucionar en sede administrativa.

Igual el proceso judicial es breve, lo terminas en unos meses.

Suerte!