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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #198485  por santidip
 
Buenos días, si alguien me pudiera ayudar con las siguientes dudas se lo agradecería mucho:
1) Yo inicié actividades en Noviembre de 2007 (empresa unipersonal que no hace balances), quisiera saber si tengo la obligación de hacer el CM05.
2) Quisiera saber si por todo el 2008 tengo que liquidar por las ventas reales, hasta que entere el año calendario o ya puedo calcular los coeficientes con dos meses nomás?
3) A dónde se presenta el CM05?
4) Puedo utilizar como crédito percepciones de IBR prácticadas con anterioridad a Noviembre de 2007.
Desde ya muchas gracias.-

 #198592  por Reynaldo
 
1) Si, por supuesto.

2) No, tenés que seguir con la asignación directa.

3) Se presenta por internet. Si tu sede es CABA (901), tenés que certificarla por contador y sellarla en rentas.

4) En esa no estoy tan seguro. Me inclinaría por no (porque el sistema no te deja ingresar retenciones de fecha anterior al período liquidado), pero podrías preguntar en Rentas.

Saludos!

 #199743  por lmhorod
 
4- No se puede. a partir de la DN 64/08 se pueden tomar las Deducciones desde la declaracion N° 3-2008, desde el 2008.