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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #199179  por ramirez, andrea soledad
 
Hola a todos: Por favor alguien me podria explicar en ue consiste la declaracion jurada. ¿ Sirve para completar los años de servicios faltantes?
mil graicas
 #199286  por Dani83
 
ramirez, andrea soledad escribió:Hola a todos: Por favor alguien me podria explicar en ue consiste la declaracion jurada. ¿ Sirve para completar los años de servicios faltantes?
mil graicas
La DDJJ es una condonacion q se computa como años de servicios. No es q sirve para completar años de servicios sino q se utiliza para disminuir en el monto de la deuda hasta 09/1993. Los años q te corresponde, depende del año del cese (ultimo pago).

Si queres decinos para q necesitas utilizarla.
 #199434  por ramirez, andrea soledad
 
hola a todos, mi pregunta es porque tengo dos Sras de sesenta Años que quieren que les haga la jubilacion pero no alcanzo a completar los treinta años y recien me estoy dedicando a esto por eso no tengo mucha idea, y me dijeron que en este caso tiene que pagar aproximadamente mil pesos para poder obtener la jubilacion o esperar a que cumpla los 61 años, podrian orientarme acerca de que conviene mas. besos.
 #199459  por Dani83
 
ramirez, andrea soledad escribió:hola a todos, mi pregunta es porque tengo dos Sras de sesenta Años que quieren que les haga la jubilacion pero no alcanzo a completar los treinta años y recien me estoy dedicando a esto por eso no tengo mucha idea, y me dijeron que en este caso tiene que pagar aproximadamente mil pesos para poder obtener la jubilacion o esperar a que cumpla los 61 años, podrian orientarme acerca de que conviene mas. besos.
Decime las fechas de nacimiento de cada una de ellas, y en caso de ser extranjeras, fecha de ingreso y te ayudo.
 #199473  por ramirez, andrea soledad
 
hola te voy a agradecer muchisismo si me ayudas. en verdad tengo tres dos argentinas yuna extranjera.
1.- Nacida el 10/03/1948
2.- Nacida el 28/05/1948.
3.- Extranjera nacida el 02/06/1924.ingraso al pias el 28/12/1966.
Desde ya enormemente agradecida.
 #199475  por Dani83
 
ramirez, andrea soledad escribió:hola te voy a agradecer muchisismo si me ayudas. en verdad tengo tres dos argentinas yuna extranjera.
1.- Nacida el 10/03/1948
2.- Nacida el 28/05/1948.
3.- Extranjera nacida el 02/06/1924.ingraso al pias el 28/12/1966.
Desde ya enormemente agradecida.
CASO 1
Nacio 10/03/1948
Edad actual 60A 4M
Exceso de edad 2M
18A 10/03/1966

Sit de revista
04/1966-09/1993 Cod 307 27A 6M (esto entra por moratoria)

Te faltarian 2A 7M (un mes de mas) - 2M (Art 19)= 2A 5M

SDM (Esto se paga al contado con F102 o F575 pero no se carga en la Sit de revista)
04/2000-08/2002

Por cese en el 2002 le corresponde 3A de DDJJ

Por lo tanto luego de cargar la sit de revista en el sicam, ingresas en beneficios:

06/1977-05/1980 Art 3 (3A)

Luego de cargar la sit de revista (04/1966-09/1993) y aplicado el beneficio (06/1977-05/1980) hace una liquidacion. Ingresa a Regimen de regularizacion voluntaria, y SIN ENVIAR EL PLAN, fijate a cuanto te queda cada cuota, y decinos.

El 2 es similar al 1, por eso no lo pongo, cualq cosa decime
Última edición por Dani83 el Mar, 15 Jul 2008, 18:15, editado 1 vez en total.
 #199486  por Dani83
 
ramirez, andrea soledad escribió:hola te voy a agradecer muchisismo si me ayudas. en verdad tengo tres dos argentinas yuna extranjera.
1.- Nacida el 10/03/1948
2.- Nacida el 28/05/1948.
3.- Extranjera nacida el 02/06/1924.ingraso al pias el 28/12/1966.
Desde ya enormemente agradecida.
CASO 3

Nacio 02/06/1924
Edad actual 84A 1M
Exceso de edad (ART 19) 12A
Ingreso al pais: 28/12/1966

Años necesarios - Exceso de edad = Moratoria
30 - 12A = 18A 1M (uno de mas)

Sit de revista
01/1967-01/1985 Cod 307

DDJJ 7A
06/1973-05/1980 Art 3 (7A)

En este caso solo paga al contado la primer cuota y aquellas q se le venzan hasta la presentacion