Les hago una consulta. LLego al estudio una cliente que en el 2005 se fue de la Prov. de Buenos Aires a la Prov. de Chubut.No dio de baja ingresos brutos.Ahora le reclaman vía apremio una deuda considerable. Por las operaciones que realizaba le debitaban importes (todavía no tengo la doc.)de la cuenta bancaria en concepto ingresos brutos.Mi pregunta es esta. Si las sumas debitadas se corresponden con los importes reclamados por el fisco ¿puedo oponer la excepción de pago total?
Estoy confundida con el art. del código fiscal que igualmente el dice no se reducirá la suma menos de 2/3...
Estoy confundida con el art. del código fiscal que igualmente el dice no se reducirá la suma menos de 2/3...
Mónica Ruiz