Hola, les comento que unas personas que se desempeñaban como docentes en un colegio privado fueron despedidas por cierre del colegio. El colegio les abono en concepto de indemnización aproximadamente el 50% de lo que efectivamente les correspondía cobrar. Mi consulta es si podrían accionar para cobrar el resto que no les pagaron en sede laboral. Saludos y Gracias.