Mi pregunta es la siguiente? tengo una sentencia favorable de inhabilidad de titulo, en un juicio ejecutivo de un certificado de deuda de una obra publica municipal, la fecha de publicacion del edicto que volvio exigible el certificado fue septiembre del 94, la demanda la interponen a finales del 2003, me presento contestando, niego la deuda, y planteo la inhabilidad, por que la empresa que me demanda, no figuraba en el certificado, alega una cesion, pero no presenta el instrumento que lo acredite, en mayo de 2004, por esta razon, se declara la inhabilidad, no apelan la sentencia, ni me inician un juicio ordinario posterior, el problema reside que en la actualidad al vender la propiedad, no puedo escriturar porque el municipio informa la existencia de la deuda, la empresa le informa al escribano que existe la misma, ahora mi duda? que efecto tiene la sentencia de inhabilidad? se suspendio el plazo por un año? o se interrumpio? Siendo que en su momento negue la deuda, oponer o solicitar la prescripcion, no seria reconocerla? Que me conviene plantear un daños y perjuicios al Municipio, y a la empresa que no me libera? mi duda mayor es si el juicio ejecutivo no hace cosa juzgada material, cual seria el alcance de esa sentecia? si bien quien me demanda no acredito en su momento la cesion, en un juicio ordinario posterior, lo puede acreditar. Ahora desarchivar el expediente, y exigirle al Municipio el cumplimiento de la sentencia, seria una posibilidad valedera? Le agradeceria muchisimo a quien me pueda desasnar, porque este tema me tiene muy preocupado, desde ya, les agradezco su respuesta.