Hola, amigos foristas y colegas. me llego al estudio el siguiente caso de derecho internacional privado. el tema es asi mi cliente contrajo nupcias en nuestro pais, luego se van a vivir al extranjero. Allí, se divorcian, de mutuo acuerdo, el documento extranjero esta apostillado y traducido. Las preguntas son: en nuestro país es nula la sentencia de divorcio? de que forma se puede validar la sentencia del extranjero, via exequatur?? entendiendo exequatur como el reconocimiento judicial de una sentencia extranjera, esto es asi???, mediante que escrito puedo iniciar el exequatur via informacion sumaria puede ser??? el Juzgado de Paz tendra competencia en razon de la materia para entender en este caso???? que juzgado seria el competente para entender en este asunto, el del ultimo domocilio conyugal en nuestro pais????, es posible iniciar el tramite solo uno de los conyuges como peticionante o solicitante, o se requiere la firma y consentimiento de ambos????, cual seria el importe de la tasa de justicia???
Seria de mucha ayuda me respondan o me ayuden en lo que puedan, DESDE YA MUCHAS GRACIAS...
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