Hola: alguien tendría un modelo de CD para enviar a un municipio de cordoba, para contestar una multa de transito, dado q la persona jamas estuvo en Córdoba y la multa q le llegó es altísima. Debo contestarla a traves de CD? esa es mi opinion pero espero la suyas...grax.
Te mando un modelo. La CD es el primer paso (y a veces el único, con suerte). Adaptalo según tus necesidades. Suerte y saludos.
"RECHAZO ACTA DE INFRACCION DE TRANSITO N§ , de fecha , LABRADA EN MI CONTRA, APARENTEMENTE POR ESA COMUNA,EN RELACION AL VEHICULO , DOMINIO , POR IMPROCEDENTE, MALICIOSA, ARBITRARIA Y ANTOJADIZA, NIEGO HABER PASADO POR CALLES DE ESA CIUDAD, NIEGO LA VELOCIDAD QUE SE INDICA Y EL EXCESO REFERIDO, RECHAZANDO IN TOTUM EL CONTENIDO DE LA REFERIDA ACTA CONTRAVENCIONAL REFERIDA.- NIEGO CONDUCIRME EN RUTAS NACIONALES Y ZONAS URBANIZADAS QUE LAS MISMAS ATRAVIESEN A VELOCIDAD NO PERMITIDAS LEGALMENTE POR EL CODIGO NACIONAL DE TRANSITO, EN ELLAS APLICABLE. Niego competencia de esa comuna, de conformidad a lo dispuesto por el art. 2§ de la Ley 24449 para controlar el tr nsito en rutas nacionales y aplicar sanciones.Niego que en la referida acta se haya constatado violaci¢n legal alguna; si la supuesta infraci¢n se constat¢ mediante la utilizaci¢n de un radar, que no se identifica en su marca y especificaciones t‚cnicas que me pernmitan efectuar un control o pericia sobre el mismo en caso de ser necesario, lo rechazo por carecer todos esos aparatos de la pertinente homologaci¢n nacional para ser utilizados como elementos de medici¢n de velocidades, sin perjuicio de lo cual y desde ya lo impugno absolutamente. DEBERA el Sr. INTENDENTE ABSTENERSE DE INICIAR ACCION ALGUNA EN MI CONTRA Y/O DEL PROPIETARIO DEL VEHICULO, EMERGENTE DEL ACTA QUE IMPUGNO, EN CASO CONTRARIO PROCEDERE A DENUNCIAR PENALMENTE POR "FALSEDAD IDEOLOGICA, "INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO", ABUSO EN EL EJERCICIO DEL PODER DE POLICIA Y "ASOCIACION ILICITA" PERSIGUIENDO UN EXCLUSIVO INTERES ECONOMICO, DE MALA FE Y CON VIOLACION DE LAS GARANTIAS DE IGUALDAD Y DEFENSA, EN DESMEDRO DE LOS CONDUCTORES QUE CIRCULAN POR ESA RUTA NACIONAL; SIN TENER EN CUENTA LA PROTECCION DE LA POBLACION ni tomarse en consideraci¢n la instrucci¢n General n§ 8 dirigida a los Fiscales de Instrucci¢n de la Pcia. de Cba. por el Fiscal General de la Provincia el 5/11/98. Doy aqu¡ por reproducidos los argumentos, motivaciones y conclusiones que ha realizado el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de C¢rdoba en pleno, el 29/9/00, Sent. 19. Trib. de origen Villa Mar¡a "Municipalidad de Pampayasta Sud c/Eduardo R.Ziheiri-Ejecutivo-Recurso directo-Hoy recurso de revisi¢n e inconstitucionalidad". Agrego, que tan contrario a la verdad resulta el acta, que en la oportunidad -de manera intempestiva- la persona que ejercer¡a el presunto "control", en zona in¢spita, no urbanizada, al ser pasado por otros veh¡culos que hicieron caso omiso de "pararse" ante su indicaci¢n, y tan escasa mi velcocidad, se coloc¢ inmediatamente del paso del £ltimo veh¡culo e imprudentemente en el medio de la carpeta asf ltica frente al m¡o; pretendiendo luego la exhibici¢n de documentos, al advertir que no se trataba de funcionario con facultades para interrumpir el tr nsito y que argumentaba falsedades, me negu‚ a otorgar cualquier otro documento o dato, advirti‚ndole que se estaban violando mis derechos.Hago reserva de iniciar cuantas m s acciones estime pertinentes en defensa de mis derechos y por los da¤os y perjuicios que vuestra actitud me ocasione."