Hola a todos.
Necesitaria con urgencia sugerencias sobre el siguiente caso: Mi cliente ha ejercido la posesion de un inmueble inscripto a nombre de su abuela, quien falleció hace más de cincuenta años. Su padre, a través de quien recibiria la herencia fallecio en 1978 o sea hace 30 años. Recien ahora dos hermanos de ella han iniciado el sucesorio del padre evidentemente para reclamar derechos sobre el único bien de la sucesión-
Yo he preparado un planteo de prescripción basado en el art. 3313 CCiv -mas de veinte años de la muerte del causante, pretendiendo que se considere que han renunciado a la herencia.
Mi pregunta es si también tendría que plantear como reconvención una demanda de prescripción veinteañal o bastaria con formular reservas.
Por otro lado creo que si se los tiene por renunciados directamente deberia inscribirse el bien a nombre de mi cliente.
El plazo para presentarme se me vencería el lunes por eso agradecere cualquier sugerencia urgente. Gracias
Necesitaria con urgencia sugerencias sobre el siguiente caso: Mi cliente ha ejercido la posesion de un inmueble inscripto a nombre de su abuela, quien falleció hace más de cincuenta años. Su padre, a través de quien recibiria la herencia fallecio en 1978 o sea hace 30 años. Recien ahora dos hermanos de ella han iniciado el sucesorio del padre evidentemente para reclamar derechos sobre el único bien de la sucesión-
Yo he preparado un planteo de prescripción basado en el art. 3313 CCiv -mas de veinte años de la muerte del causante, pretendiendo que se considere que han renunciado a la herencia.
Mi pregunta es si también tendría que plantear como reconvención una demanda de prescripción veinteañal o bastaria con formular reservas.
Por otro lado creo que si se los tiene por renunciados directamente deberia inscribirse el bien a nombre de mi cliente.
El plazo para presentarme se me vencería el lunes por eso agradecere cualquier sugerencia urgente. Gracias