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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #212897  por andreis28
 
Hola colegas, la verdad es que no hago esta especialidad, pero me llega un amigo con una ejecucion fiscal que le hace el Gobierno de la Ciudad, por una deuda de una moratoria de patentes de su automovil. Tengo que contestar, y mi cliente sabe que no pago la moratoria, por lo tanto mi idea es allanarme, pero me surgio una duda, la plan de pagos entra en caducidad el 25/06/2001, no opera la prescripcion? espero que alguien me ayude porque la presentacion vence el martes. Muchas gracias.

andreis
 #235826  por cflucero
 
aNDREA LA PRESCRIPCIÓN ENTRARÍA A OPERAR A PARTIR DE QUE CADUCÓ EL PLAN DE PAGOS,NO ANTES.-
ESPERO TE SIRVA , BUENO IGUALVEO Q ES TARDE EN TODO CSO CONTAME COMOTEFUE
CECILIA
 #237769  por LIVAN
 
Hola te comento lo que nos pasa en Córdoba con rentas (D.G.R.) de acá, vos opones la prescripción de 5 años (tenes que solicitar se declare inconstitucional el código tributario -acá establece 10 años-) PERO TENES QUE FIJARTE QUE TU CLIENTE NO ALLA RECIBIDO ALGUNA INTIMACION PREVIA, A MI ME PASO QUE EN UN CASO ME PRESENTARON COMO CONTESTACION A LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION -UNA CARTA CON AVISO DE RETORNO ENVIADA POR RENTAS- EL JUEZ FALLO A FAVOR DE RENTAS-, ahora esta el Cámara porque apelé el fallo pero es para ganar tiempo nada más. Ojala te sirva la expericiencia de lo que pasa en Córdoba, por ahi algo podes tomar. Un saludo Iván