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  • Pensiones provinciales, se puede jubilarlas igual?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #14991  por dsncorp
 
Hola. Tengo unas señoras que reciben pension derivadas que son de la provincia y otra tiene una pension graciable tambien de la provincia, todo esto de entre rios. Pregunto al ser provincial, se puede jubilarlas igual ya que no hay forma de que anses se entere de que estas señora tienen pensiones de la provincias? gracias.-

 #15103  por dsncorp
 
hola, gracias por tu respuesta. Entonces si no me sale con el beneficio nada en la certificacion negativa, podemos seguir adelante?

 #15115  por dsncorp
 
Hola de nuevo, tengo una señora que es muy humilde y la voy a jubilar pagandole la cuota yo. Cuando hice la certificacion negativa me aparecen en rojo diciendo que registra beneficio previsional. Lo adjunto para que me digan porque no entiendo. En realidad mi pregunta era por una pensionada de la provincia y en los dos casos me tira lo mismo. Tanto para la pensionada como para la señora humilde que les comente.

N0 Registra Declaraciones Juradas como Trabajador en Actividad.
N0 Registra Transferencias como Autónomo o Monotributista.
N0 Registra Prestación por Desempleo.
N0 Registra Liquidaciones de Plan Social o Programa de Empleo Implementado por el MTEySS con Intervención de ANSeS.
Registra Beneficio Previsional. ( esta en rojo)
N0 Registra Iniciación de Prestación Previsional Nacional.
Registra Afiliación en Obra Social vigente ( esta en rojo)
 #15133  por layeya
 
A la que tiene pensión graciable se la vas poder gestionar, eso si la vas a tener que presentar con turno y previamente tiene que renunciar a la graciable. En caso que el organismo que le otorgó la pensión graciable no quiera aceptar la renuncia tendrías que remitirle una renuncia por correo o alguna prueba de que no te aceptan la renuncia.
En el caso de las que tienen pensión derivada no las podés jubilar, rige la incompatibilidad.
dsncorp escribió:Hola. Tengo unas señoras que reciben pension derivadas que son de la provincia y otra tiene una pension graciable tambien de la provincia, todo esto de entre rios. Pregunto al ser provincial, se puede jubilarlas igual ya que no hay forma de que anses se entere de que estas señora tienen pensiones de la provincias? gracias.-
 #15164  por darí­o rh
 
layeya escribió:A la que tiene pensión graciable se la vas poder gestionar, eso si la vas a tener que presentar con turno y previamente tiene que renunciar a la graciable. En caso que el organismo que le otorgó la pensión graciable no quiera aceptar la renuncia tendrías que remitirle una renuncia por correo o alguna prueba de que no te aceptan la renuncia.
En el caso de las que tienen pensión derivada no las podés jubilar, rige la incompatibilidad.
dsncorp escribió:Hola. Tengo unas señoras que reciben pension derivadas que son de la provincia y otra tiene una pension graciable tambien de la provincia, todo esto de entre rios. Pregunto al ser provincial, se puede jubilarlas igual ya que no hay forma de que anses se entere de que estas señora tienen pensiones de la provincias? gracias.-

Ver art. 4º R 884/06 y el art.34º de la Ley 24241.


De acuerdo a esas normas, interpreto que, en todos los casos puede jubilarse con moratoria (siempre que reúna los requisitos, por supuesto). La única salvedad es que, debe optar por renunciar al beneficio que está cobrando, o bien, abonar toda la moratoria antes de la solicitud de la prestación.