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 #222296  por chiki
 
Hola, tengo para hacer un divorcio por mutuo, pero el esposo vive en Peru, se puedehacer el divorcio aca donde vive la esposa representandolo a el con un poder especial al efecto? gracias!!

 #222376  por moye
 
Hola: Por loque entiendo queres hacer un divorcio por presentación conjunta, en ése caso tenés el impedimento de que para la primera audiencia tienen que estar presentes los cónyuges si o si. Yo tuve un caso parecido en donde la esposa está en España y me envio un poder especial para tramitarle el juicio de divorcio, lo que podes hacer es si hace mas de tres años que estan separados es plantear el divorcio por causales objetivas: separación de hecho por mas de tres años art. 214 inc. 2º del CC, y si están de acuerdo que la otra parte se allane reconociendo la separación de hecho, de esta forma inclusive es mas rápido y no necesitas que se presente. Te adviertoque igual el juez puede por el art. 34 inc. 1º llamarte a una audiencia pero en ese caso podes presentarte vos (o el abogado que tenga el poder del SR.) como apoderado.

 #222420  por diegogvillamayor
 
hola como estas, no comparto eso que para la 1 audiencia deben estar si o si los conyuges, tengo varios divorcios por poder en los cuales mis clientes jamas vinieron para nada.

Si podes hacerlo con poder, pero dependera del tribunal que te toque.
En principio no habria problemas.

saludos

 #222433  por Doncella_de_Orleans
 
Art 236 C.C.:

"...Presentada la demanda, el juez llamará a una audiencia para oír a las partes y procurará conciliarlas. Las manifestaciones vertidas en ella por las partes tendrán carácter reservado y no constarán en el acta. Si los cónyuges no comparecieran personalmente, el pedido no tendrá efecto alguno.
Si la conciliación no fuere posible en ese acto, el juez instará a las partes a un evenimiento y convocará a una nueva audiencia...en la que las mismas partes deberán manifestar, personalmente o por apoderado con mandato especial, si han arribado a una conciliación..."

 #224653  por chiki
 
Gracias por sus respuestas!! seria un divorcio por presentacion conjunta por la causal objetiva, como dice moye. Queria saber eso, si puedo presentarme yo con un poder del conyuge enviado desde peru, para el caso de q no pueda venir, q es lo mas probable. Y en ese caso directamnente presentariamos las dos ´partes un mismo escrito con el convenio de divorcio por mutuo q puede contener inclusive clausulas sobre alimentos y tenencia. Tengo entendido eso al menos. Por eso mi pregunta era si podia presenmtarme yo representandolo a el con el respectivo poder. Muchas gracias por su ayuda! :wink:

 #224813  por TonyTa
 
por el 214 inc 2 no podés preparar la demanda por presentacion conjunta (que te la mande firmada) y aca te la firma la sra?? en capital no hay audiencia en estos casos

 #224919  por Pato272727
 
si es causal objetiva no es presentación conjunta sino demada y contestación conjunta. depende de la jurisdicción te pueden citar o no. como el CPCC provincial prohibe al demanda y contestación conjunta algunos tribunales te lo convierten en una presentación conjunta. en otros pasa.

LA alternativa en ese caso es hacerla verdaderamente como demanda y contestación. Demanda, la notifico, manda contestación allanandose y cuando lo citan (si lo citan) no viene. Están obligados a divorciarlos y no pueden convertirlo en un 215.

 #225531  por chiki
 
Pato272727 escribió:si es causal objetiva no es presentación conjunta sino demada y contestación conjunta. depende de la jurisdicción te pueden citar o no. como el CPCC provincial prohibe al demanda y contestación conjunta algunos tribunales te lo convierten en una presentación conjunta. en otros pasa.

LA alternativa en ese caso es hacerla verdaderamente como demanda y contestación. Demanda, la notifico, manda contestación allanandose y cuando lo citan (si lo citan) no viene. Están obligados a divorciarlos y no pueden convertirlo en un 215.
Muy buena tu alternativa. Ya vere si puedo hacerlo asi, porq en realidad estaria de acuerdo la mujer Gracias!! :lol:

 #225533  por chiki
 
Pato272727 escribió:si es causal objetiva no es presentación conjunta sino demada y contestación conjunta. depende de la jurisdicción te pueden citar o no. como el CPCC provincial prohibe al demanda y contestación conjunta algunos tribunales te lo convierten en una presentación conjunta. en otros pasa.

LA alternativa en ese caso es hacerla verdaderamente como demanda y contestación. Demanda, la notifico, manda contestación allanandose y cuando lo citan (si lo citan) no viene. Están obligados a divorciarlos y no pueden convertirlo en un 215.
... me expresé mal cuando le conteste a moye, no podria entonces hacerlo por presentacion conjunta por la audiencia conciliatoria :shock: Gracias por su ayuda a todos!! :D
 #225731  por vexis
 
Hola yo tengo que iniciar un caso similar, pero con la diferencia de que el padre viene dentro de poco a quedarse dos semanas. Hay mutuo acuerdo, ya que hace alrededor de 20 años que están separados.
Igual no llega con los tiempos para presentarse a la primera audiencia.
El interrogante surge en base a lo que dijo DiegoVillamayor, ya que en provincia difiere; en cuanto a lo procesal, el tema de los poderes y patrocinios. Ya que en CABA nunca presenté un divorcio por presentación conjunta que tenga 1 patrocinio, pero en Provincia de Buenos Aires, si bien en las audiencias fijadas deben acudir con patrocinio, en la presentación de los escritos basta que firme un sólo letrado patrocinando a ambos.
Quisiera saber si en base a la experiencia que posee DiegoVillamayor, que es más extensa que la mía, si es posible obtener el poder del marido que vive en el exterior (que me lo otorgaría cuando venga por esos días) para allanarme a la demanda y así evitar que se celebre una audiencia.
Todo ello, teniendo en cuenta el tiempo en que se encuentran separados de hecho (20 años) y que no existen bienes, ni tampoco hijos menores.

Desde ya agradeceré sus respuestas en base a que gozo de poco tiempo para buscar la mejor solución.

Con respecto a los honorarios. Se cobraría $ 3000 en total, o por cada parte. Desde ya muchas gracias.