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  • Sucesión, filiación y herencia

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #223740  por Quiensoy67
 
La situación sería así:
Un Sr. X casado legalmente no puede tener hijos (por infertilidad de él) y anota como propia del matrimonio a una niña. Al mismo tiempo (mismo año y mes) reconoce legalmente como propio a un niño (quién no sería hijo biológico) Pasan los años y con el niño no vuelve a tener contacto. Muere en el '99. Al momento de su fallecimiento y de hacer su sucesión sólo hay un bien que es una propiedad. Cabe aclarar la "hija" desconoce la existencia de un hermano legal y pasaron casi 40 años del nacimiento de ese hijo legal (momento del último contacto). Se hace la sucesión y luego se vende la propiedad repartiéndose el valor de la misma entre la hija y la esposa. 5 años después del fallecimiento aparece el hijo y unos años más después se presenta como heredero. La consulta es: ¿qué derechos tiene? ¿qué puede reclamar? ¿a quién? ¿Se puede probar que no es hijo biológico de quién lo reconoció legalmente? Si se probara esto ¿seguiría teniendo los mismos derechos?
Espero haber sido clara en la exposición, cualquier dato que hiciera falta lo puedo agregar. Agradecería que pudieran orientarme en esta situación. Saludos :?:

 #224931  por Pato272727
 
No podés impugnar el reconocimiento que conocías después de dos años de haberlo conocido. Por la época tenes que tener en cuenta que debe valer como una adopción(así se hacían cuando no existía la adopción plena) y que al poco tiempo de establecida la adopción se estableción una especie de moratoria o amnistía que puede haber terminado con cualquier tipo de planteo mas alla del desconocimiento del reconocimiento.