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 #223860  por dan57
 
es muy tonta la pregunta pero la verdad no lo se ya que no hago sucesiones , agarre una hace poco de casualidad ...
la pregunta es: cuando se acredita al expte la publicacion de los edictos, como se acredita la publicacion?? es decir, tengo que recortar solo la parte del diario donde salio publicado el edicto ?? o tengo que acompañar la pagina completa completa ??
gracias

 #223981  por turiddu
 
Dan:

Luego de la última publicación de edictos en los diarios ordenados en el auto de apertura del sucesorio, presentás un escrito que suele rezar "ACREDITA PUBLICACION DE EDICTOS", y adjuntás copia entera de la página de las publicaciones en cuestión donde se vea, preferentemente, la fecha de publicación.-

Un fuerte abrazo.-

 #224143  por dan57
 
muchas gracias !!
tenia pensado acompañar al expte la publicacion original en el diario y yo quedarme con una copia de la publicacion ... supongo q es lo mismo
gracias de nuevo

 #224333  por Hlws
 
dan57 escribió:muchas gracias !!
tenia pensado acompañar al expte la publicacion original en el diario y yo quedarme con una copia de la publicacion ... supongo q es lo mismo
gracias de nuevo
Ojo porque no es asi como te conto la persona anterior.

Tenes que adjuntar el recibo original en donde en el mismo consta el valor del edicto, la fecha y el precio abonado (generalmente $60). No corras el riesgo de presentar solamente el diario, porque el juez te lo puede rechazar, y ahi seria un lio, ya que deberias pagar nuevamente el dinero del edicto y volver a publicarlo, porque para el juez no es suficiente que le lleven una pagina en el diario.

 #224338  por majo54
 
acompaña el recibo que te dieron cuando fuiste a publicar los edictos, donde consta el valor que pagaste y el edicto que salio publicado, ambas cosas acompañala con un escrito que diga acompaño edicto .... y pedi que se siga con el tramite, en corboba se pide la fijacion de una audiencia, donde se presentan todos aquellos que tengan derecho sobre la causante, por eso se publican los edictos para convocar y poner en conocimiento a terceros, te reitero en cba. es asi, ademas los edicots se publican en el boletin oficial y en otro edicto en un diario de la zona del dom. del causante.( en este caso se acompañan los dos edictos) suerte

 #224394  por dan57
 
ok muchas gracias por la info
no sabia nada lo del recibo
espero encontrarlo ahora :lol:

 #224468  por Hlws
 
De nada dan57, me alegro poder haberle despejado su interrogante.

Grandes exitos con ello.
 #224477  por luchbet
 
hola, es asi como lo describio el HLWS hay que acompañar el recibo , si no lo encontras anda al diario y pedi que te den una copia que les quedo en sus facturas originales. suerte
 #224717  por martins
 
luchbet escribió:hola, es asi como lo describio el HLWS hay que acompañar el recibo , si no lo encontras anda al diario y pedi que te den una copia que les quedo en sus facturas originales. suerte
Yo habia acompañado los diarios y no el recibo. Me intimaron a acompañarlo, lo hice y continue el tramite normalmente.

 #224888  por pablin
 
Acompañá la hoja de la publicación y el recibo/factura.
También es bueno que resaltes (con esos marcadores fluo amarillos) el edicto, para que no lo tengan que buscar en la hoja.

Salu2, Pablín.
 #685173  por lizmar
 
Perdon una pregunta..???es mi primera sucesion, tengo que publicar edictos en el boletin oficial y en el diario judicial, saben donde esta ubicado estas oficinas??? y tengo que llevar por duplicado esto?? si pueden ayudarme..muchas gracias