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 #224782  por dieguislr00
 
Queria saber, si el codigo civil u otra ley establece la cantidad de nombres de pila q puede tener una persona y de apellidos tambien ,

entre otras y la naturaleza juridica receptada por el art 1 de la ley 18.248 , como se modifica esa naturaleza jca cuando y porque norma?

y si es posible :

momento en que se adquiere el nombre. -segun con la inscripcion en la partida o sea en el registro civil pero parece q una ley (24540) modifica esa o algo asi??? puede ser??

Desde ya muchas graciasss
 #225060  por Noemi
 
Esta página te da la posibilidad de hacer la consulta directamente al Registro Civil

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/reg ... u_id=12756

También aporta dirección y contacto:

Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
Uruguay 753
Tel. 4373-8441/45
Contacto: consultas_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar

Suerte!