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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #15361  por pablosur
 
Les agradeceria si me pueden ayudar con esto:
me rechazaron una jubilacion mixta (dependencia y autónomo), porque el iniciador me dijo que al hacer el sicam (le puse categoria 310) e ingresarlo en la moratoria (Ley 24476) no respeté una afiliacion que tenia este Sr. el 09/77 en la actividad 703. Por sicam figuran pagos de manera discontinua desde el 01/79 al 06/83.
Alguien sabe como solucionarlo. Gracias.-

 #15388  por afscotto
 
es como te dijeron, tenes que tomar la fecha de afiliacion que figura en el telex de autonomo. Ami me paso lo mismo y tuve que hacer otro sicam.
Espero que sirva

 #15415  por amonra1962
 
Con respecto a ese tema tengo una duda. Podes ver este SICAM si esta bien? Gracias.
viewtopic.php?t=3906
Raul Esteban.

 #15444  por marianodiego
 
Para mi no es asi, segun resolucion 69/07

 #15472  por pablosur
 
Gracias por las respuestas, saben si en internet puedo conseguir esa resolucion 69/07?

 #15477  por marianodiego
 
pablosur escribió:Gracias por las respuestas, saben si en internet puedo conseguir esa resolucion 69/07?

Buenos Aires, 06 de Diciembre de 2006.-
CIRCULAR GP Nº 69/06
NO PRESENTACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES DE
TRABAJADORES AUTÓNOMOS EMITIDO POR LA AFIP (P.U.C.) NI EL COTEJO
DE INFORMACIÓN DEL AUT1, PARA LA TRAMITACIÓN DE BENEFICIOS
PREVISIONALES
Se pone en conocimiento de todas las Areas Operativas, que a los efectos de la
tramitación y otorgamiento de un Beneficio Previsional, no resulta necesaria la
presentación del Padrón Único de Contribuyentes (P.U.C.) con los datos relativos a
la actividad Autónoma emitido por la AFIP, atento ser este Organismo el competente
para verificar la situación de revista informada en la liquidación presentada por el
afiliado y constatarla con la información registrada en dicho Padrón Único,
adoptando las medidas que correspondan, conforme lo estipulado en la Resolución
D.E.-Nº 1014/05 - Anexo I - Punto II “Competencia de los Organismos
Intervinientes”. Asimismo, tampoco deberá cotejarse la información proporcionada
por el AUT1 con los datos de Historia Laboral incorporados en el SICAM por el
afiliado, en tanto éstos resulten suficientes para tramitar y otorgar el derecho al
beneficio pretendido, todo ello en concordancia con lo dispuesto por la Resolución
GNPyS Nº 163/05, complementaria de la mencionada en primer término.

es circular disculpen

 #15586  por pablosur
 
Muchísimas gracias. O sea que no tendrían que habermela rechazado...
Gracias nuevamente.

 #15620  por josefinaga
 
para mi tampoco es necesario respetar la afiliacion!!! ya les comente..ojo con los de Anses q no saben nada de nada...hay q estar bien informados xq sino te mandan de vuelta inventandote cualquiera!!!

 #15647  por Walter S
 
marianodiego escribió:Para mi no es asi, segun resolucion 69/07
Coincido totalmente

 #15650  por amonra1962
 
Entonces la fecha de afiliacion no hay que tenerla encuenta! Pero a mi ya me han hecho hacer, inclusive, de vuenta algunos. Porque tiene fecha de inicio pero no de cese. Pero para ellos tengo que poner si o si fecha de inicio y\o afiliacion.