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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #225653  por Gertrudis
 
Hola a todos.
Quisiera consultarlos sobre este caso:
Un obrero acudió a una Comisión Médica por un problema de artrosis.
La ART lo rechazó argumentando que se trata de una enfermedad inculpable.
Nunca se le realizó el examen preocupacional. Los problemas surgieron durante la relación laboral.
El trabajador fue atendido por la Obra Social. Se le colocaron clavos. Actualmente no se encuentra bien y teme un empeoramiento de su salud.
Concretamente: ¿Se puede reclamar a la ART por no haber cubierto el tratamiento? De ser posible, ¿cómo podría hacerse?
Gracias y saludos cordiales.

 #225821  por Gertrudis
 
Me encantaría conocer vuestra opinión.
Saludos.

 #225885  por DAL
 
Antes de avanzar necesitás un dictamen médico ( y por escrito, ya que hablando son todos vivos pero luego firmar no te firman!!!), que establezca un nexo causal entre la tarea realizada y la artrosis.
Con eso intimás a la ARt a que otorgue las prestaciones.
NO tiene tanto que ver que la enfermedad se desarrolle durante la relación laboral y que figure o no en el preingreso. lo más importante es que sea a consecuencia de la tarea desempeñada.

 #225903  por MORGAN
 
Claro primero lo que dice Dal, si la enfermedad tiene origen o se agravó a consecuencia del trabajo, por lo otro que decís pueden darse distintas situaciones, ej. el caso tuyo en que te comunican no estar obligados a otorgar prestaciones porque la enfermedad es inculpable o no está en el listado o, puede darse el caso, en que se hacen cargo de la enfermedad, en la primera podés insistir via comisiones médicas o vía judicial a que le otorguen las prestaciones, también en ambas situaciones podés sustraerte de su atención y hacerte atender en un médico de tu obra social o particular, en esos casos las aseguradoras archivan el expediente, no hay obligación de someterse a la atención médica que dispensan las aseguradoras, entonces, si las prestaciones las realiza un tercero -obra social, público o particular, no le vas a reclamar a la ART que te las otorgue porque ya la prestó otro, lo que te queda es reclamarle las indemnizaciones que correspondan si hubiere incapacidad o las prestaciones que los terceros no otorgaron, ej. prótesis.

 #225931  por Gertrudis
 
¡Muchas gracias por la atención! Muy claras ambas respuestas.
Saludos...