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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #226148  por estudleon
 
Hola. Caso: Daños y perjuicios, pacto por el 30 %. Aquí va la pregunta:

Cuando me conviene presentarlo para la homologación?

Recién iniciado? Post-pruebas? Antes de sentencia 1ra. instania?

Ejecución de sentencia?


Gracias colegas

 #226331  por sergiosky
 
yo los presento si es que mi cliente no me quiere pagar cuando sale la sentencia, hare mal?

 #226900  por estudleon
 
Nadie nos podrá ayudar?

Espero no estar tan solo.

 #232832  por sergiosky
 
dame la mano... :cry:
 #232905  por DAL
 
Yo nunca los presenté en el expediente. Pero leí por ahi que deben firmarse al inicio del pleito. No es valido cuando se firma previo a la sentencia porque se pierde el "alea" que lo justifica (si gana cobra si pierde, no paga al abogado). Desde ese punto de vista y para darle fecha cierta, lo presentaría lo más pronto posible.
Por lo demás, en laboral debe presentarse porque requiere homologación, no así en las demás ramas.
 #244508  por luchor
 
Si al recaer sentencia no te quiere pagar, ahi lo homologas para obligarlo al pago. Yo lo tuve que hacer hace muy poquito para cobrar mis honorarios por daños y perjuicios por 200.000$. Saludos-.
 #244948  por mcgarrido
 
Hola: Tendrán modelos de Pacto de Cuota litis? Por si me toca... Gracias.Claudia