Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • despido por cierre de negocio

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #226717  por evagomila
 
Hola la consulta es la siguiente:

Mi cliente alquila un local en el cual tiene un negocio. El dueño del local intempestivamente se lo pide y sumado a los problemas financieros por los que atraviesa mi cliente decide cerrar el negocio.

Qué telegrama o CD debería enviar para despedir a la empleada y no quedar tan mal parado ante un posible reclamo judicial?

Gracias!!!

 #226955  por klaudia7
 
Hola Eva, la empleada de tu clienta esta en blanco, gris o negro?

 #227183  por evagomila
 
Está en blanco. Ya sabe la situación pero le pidió que le mande el telegrama para tramitar el subsidio por desempleo (él asume el riesgo, pues le advertí de la indemnización).

 #227204  por klaudia7
 
Bueno, más o menos seria: " En virtud de falta o cierre de trabajo o empresa, debidamente acreditada hemos decidido prescindir de sus servicios. Indemnización, certificado de trabajo y certificado de servicios y remuneraciones a partir del día 04/09/2008 en tal dirección en el horario de xx:xx hs a xx:xx hs de lunes a viernes."

 #227222  por evagomila
 
Muchas gracias !!! Mañana mismo se lo mando. Yo había preparado algo parecido pero en vez de " en virtud de falta de trabajo o cierre de empresa " había puesto "cuestiones de fuerza mayor no imputables a la empresa"...qué opinás ? hubiera estado muy mal? es para aprender que te lo pregunto porque soy novata.

Gracias otra vez, Eva.-

 #227223  por klaudia7
 
Hola Eva, no esta mal lo que vos decis, te dí las opciones, adaptalas al caso en particular.

 #227249  por DAL
 
YO haría un acuerdo en Tribunales, Seclo, lo que tengan, con un despido sin causa o por cierre del establecimiento o por fueza mayor, cobrando la indemnización reducida y firmando que no tiene nada más que reclamar.
Suelo notificar el despido por medio del acta acuerdo y poner que además se envia el telegrama. LUEGO de la firma del acuerdo, mando una CD que dice algo así como: En cumplimiento del acuerdo del dia de la fecha comunicamos a ud por este medio despido sin causa. Haberes, indemnizaciones y certificados conforme lo acordado".
De ese modo, no hay riesgo y el trabajador tiene su telegrama para ir a tramitar el fondo de desempleo, además del convenio donde se dijo lo mismo pero más extenso.
 #231604  por enpositivo
 
Hola mira tengo un caso parecido, solo que el empleador cierra el establecimiento y la sociedad sigue en actividad.

Mi consultas son: 1.- el empleador deberia pagar las indemnizaciones 245 LCT? O puede pagar acreditando que es por fueza mayor 247 LCT?

2.- que sucede con el personal que se encuentra en licencia por maternidad? Que indemnización debe pagar?

3.- y no entendi muy bien, por favor te pido Dal, si me podes explicar como notificas el despido.
Gracias
VAL
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

 #231852  por DAL
 
Ojo con la licencia por maternidad.
Te cuento que hay jurisprudencia que dice que lo de la maternidad es una PRESUNCION. Que el cierre del establecimiento y despido de TODO el personal excluye la presuncion de un despido fundado en la maternidad y bajo otro argumento.

El despido en esos casos lo notifico via convenio.
Para que busco y te pongo uno.

 #231862  por DAL
 
CONVENIO:


En la ciudad de Rosario, a los 17 días del mes de diciembre de 2007 estando SS en su despacho y en autos caratulados “FABIÁN C/ ARSA S/ CONVENIO LABORAL” EXPTE. ............../2.007 comparecen espontáneamente por una parte por una parte el Sr. FABIÁN , de nacionalidad argentina, identificado con DNI nro. , CUIL nº , empleado, con domicilio real en calle de la localidad de Álvarez y procesal constituido en calle Salta de la ciudad de Rosario con patrocinio letrado de la Dra. Tamara y por la otra parte lo hace, María Andrea , quien acredita su identidad con DNI nº en su carácter de apoderada general para gestiones administrativas de la firma AR S.A., firma con domicilio en de la localidad de Alvarez, conforme lo acredita con poder general que exhibe en original cuya copia se agrega a autos, y obrando en esta oportunidad conforme expresas instrucciones conferidas por la firma representada, con patrocinio letrado de la Dra. D AL , constituyendo domicilio legal a los efectos del presente en calle de Rosario. Abierto el acto las partes exponen:
PRIMERO: Que el Sr. F ingresó a la firma ARSA en fecha 01 de mayo de 2005 percibiendo un salario de pesos seis con siete centavos la hora cumpliendo funciones de peón actividad industrial. Que por razones particulares de la empresa la empresa ha procedido a despedirlo, lo cual ya fue comunicado al trabajador y se ratifica en este acto, sin perjuicio de la posterior comunicación vía telegráfica que se realizará a su domicilio a fin de facilitarle la percepción del fondo de desempleo.
SEGUNDO: En vista del distracto ARSA a través de su apoderado ofrece abonar al Sr. F la suma de pesos seis mil en pago de los siguientes conceptos salario mes de diciembre (primera quincena) SAC segundo semestre de 2007, vacaciones no gozadas, todo con los descuentos que correspondan, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por antigüedad e integración del mes de despido y en todo caso como compensación total por cualquier crédito laboral e indemnizatorio que pudieran existir a favor del Sr. F derivado de las relaciones laborales con la firma AR SA y sus empresas vinculadas. Dicha suma total de pesos seis mil ($6.000) la empresa ARSA ofrece abonarla mediante un pago en un cheque librado contra el Banco Bisel Sucursal Alvarez nº nro pagadero el día 18/12/2007.
TERCERO: Que en vista de lo manifestado por el empleador, el Sr. F manifiesta que acepta el ofrecimiento por las sumas y montos detallados en la cláusula segunda como suma total y definitiva por los rubros enumerados en la cláusula segunda y por cualquier otro rubro que pudiera corresponderle que no estuviera detallado expresamente el presente acuerdo, incluyendo todo rubro laboral, remunerativo, indemnizatorio, o sancionatorio de cualquier clase derivada de la relación laboral.
CUARTA: Que el Sr. F recibe en este acto el cheque arriba detallado de plena conformidad otorgando por la firma del presente el más eficaz recibo.
QUINTA: Las partes acuerdan que por haber percibido la suma pactada, nada más tendrá que reclamar el Sr. F a la firma AR SA, ni a xx SA ni a ninguna otra persona física o jurídica por la relación laboral habida entre las partes por considerarse totalmente satisfecho en su pretensión en virtud de la suma de dinero recibida. Que en caso de no poder hacer efectivo el valor entregado, el trabajador podrá ejecutar el presente convenio. SEXTA: Las costas del presente quedan a cargo de la firma Amoblamientos Reno SA. SEPTIMA: La parte empleadora manifiesta en relación al art. 80 de la L.C.T la misma será entregada al Sr. F dentro de los 30 días de la firma del presente en el domicilio de la empresa. Asimismo se intima al SR. F a realizarse el examen medico de egreso en la firma MEDI SRL, sita en calle Corrientes de Rosario, o donde la empresa indique posteriormente, dentro del término de 10 días de firmado el presente.
Por lo que siendo la presente una justa composición de sus intereses, las partes manifiestan su plena conformidad a la misma y SOLICITAN A V.S. presente judicial homologación al presente por encuadrarse dentro de lo previsto en el art. 15 de la L.C.T. Por lo que no siendo para más se da por finalizado el presente acto, previa lectura y ratificación de lo expuesto, firmando las partes ante mí que certifico.



CARTA DOCUMENTO QUE MANDAMOS DESPUES (EN LA PLANTA BAJA DEL TRIBUNAL HAY UN CORREO, si de inmediato lo mandamos)




Por este medio comunicamos, reiteramos y ratificamos su desvinculación de nuestra empresa y extinción del contrato de trabajo a todos sus efectos legales por las razones ya explicitadas en fecha 17 de diciembre de 2007. Reiteramos que deberá someterse a los exámenes médicos de egreso en MED.....SRL sito en calle Corrientes . Asimismo se entregará la documentación ART. 80 LCT en la sede de la empresa en término de ley.
Atentamente.
 #688849  por luciaust
 
Hola DAL te hago una consulta, porque le pones que deberá someterse a los exámenes médicos de egreso en MED.....SRL, con que finalidad?
Gracias!
Tenes idea cual es el plazo que tiene el empleador para pagar la liquidación final una vez notificado el despido? Gracias!
 #688895  por DAL
 
La finalidad, es obligatorio. Evitás conflictos si te aparece un año despues diciendo que tiene tal o cual patología que viene de la relación laboral. Si hay algo, se lo manda a la ART enseguida.

El plazo es de 4 días habiles.