Estimados foristas, necesito ayuda respecto a este tema. La ley pide para poder intimar a la persona a q inicie los tramites jubilatorios, q tenga le edad requerida y los 30 años de aporte. Tengo un caso de un hombre de 65 años, que tiene unos 15 años de servicio con el actual empleador, y el resto de los años los posee en distintos trabajos anteriores, pero todavia no tiene las certificaciones de servicio correspondientes. Mi pregunta es, puedo intimarlo a q inicie la jubilacion ? si se que los años de aporte le sumarian 30 en total, pero en el sijp creo q no figuran todos. Es por eso q le faltarian certificaciones de servicios. No se si corresponderia hacer la intimacion. Que les parece? Gracias!
"Solo puede ser feliz siempre, el que sepa ser feliz con todo" (Confucio)
