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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #232402  por Zet
 
Buenas noches, abri este topic porque hace poco renuncie a mi empleo y tengo dudas respecto a la liquidacion de mis vacaciones.
Paso a hacer una breve sintesis...
Comence a trabajar el 16/10/2007, ese mismo año me otorgaron 3 dias de vacaciones, pero me pusieron en blanco el dia 09/01/2008, y yo renuncie al empleo el dia 31/07/2008.
En la liquidacion me pagaron 7 dias de vacaciones, y yo tenia entendido que cuando se trabajan mas de la mitad de los dias laborables del año ya corresponden 14 dias.
Le envie a mi empleador el Art. 151 de la LCT, y me comento que eso no se aplica a liquidacion final.
Alguien me podria ayudar?
Muchas gracias.
Saludos.
 #233111  por Reynaldo
 
En el caso de despido o renuncia, las Vacaciones no Gozadas son proporcional al tiempo trabajado.

Lo mismo con el Sueldo Anual Complementario.

Saludos!