Colegas, se me presentó el siguiente caso. Necesito ayuda!!!!
Dos personas, padre e hija son propietarios de una propiedad, dividida en tres partes a, b, c (conforme plano de mensura confeccionado). Venden x boleto de compraventa la parte "b". El precio $30000. El día de la celebración del boleto el comprador abona $ 3000. y obtiene la posesión del predio en forma inmediata. Más adelante, el comprador abona $7000 a la hija de mi cliente, entregándosele recibo firmado sólo por ella.
Resulta ser que el hombre mayor, es una persona que si bien no está demente, obra como un impúber. Parece ser que el comprador, conocido en la localidad por estafar personas, hizo firmar a este hombre mayor, un recibo por la totalidad del saldo faltante. El viejo no está en sus sanas facultades, no entiende nada, y es de conocimiento público en la localidad en la que vive su proclividad para hacer macanas y meterse en líos. Y la hija de mi cliente, por su parte, peca de exceso de inocencia.
Acá no se terminan las cosas. El adquirente por boleto, aprovechándose del contexto, quiso obligar a ambos a firmar la escritura traslativa del dominio no sólo por el lote b, sino también por el A (no incluido en la operación de venta).
Mi cliente, la hija, envió al comprador una carta documento en los terminos del 1204. Obviamente, el comprador rechazó su contenido, aduciendo que el precio estaba pagado en su totalidad, que los recibos estaban en la escribanía, e intimaba otorgamiento de escritura traslativa del dominio.
Las dudas son las siguientes:
a) En el supuesto de no poder demostrarse la voluntad viciada del hombre mayor, el recibo de pago suscripto por él, puede liberar al deudor (comprador) de su obligación? ¿No es necesaria la firma del otro co propietario? (la duda radica en si se trata de una obligación solidaria o mancomunada).
b) Cómo ataco el acto del hombre mayor? (vía lesión - error - 152 bis CC?).
c) Qué tipo de defraudación se tipifica penalmente
Disculpas por tantas preguntas!!!!!!! Necesito opiniones!! Gracias!!!!!!!!
Dos personas, padre e hija son propietarios de una propiedad, dividida en tres partes a, b, c (conforme plano de mensura confeccionado). Venden x boleto de compraventa la parte "b". El precio $30000. El día de la celebración del boleto el comprador abona $ 3000. y obtiene la posesión del predio en forma inmediata. Más adelante, el comprador abona $7000 a la hija de mi cliente, entregándosele recibo firmado sólo por ella.
Resulta ser que el hombre mayor, es una persona que si bien no está demente, obra como un impúber. Parece ser que el comprador, conocido en la localidad por estafar personas, hizo firmar a este hombre mayor, un recibo por la totalidad del saldo faltante. El viejo no está en sus sanas facultades, no entiende nada, y es de conocimiento público en la localidad en la que vive su proclividad para hacer macanas y meterse en líos. Y la hija de mi cliente, por su parte, peca de exceso de inocencia.
Acá no se terminan las cosas. El adquirente por boleto, aprovechándose del contexto, quiso obligar a ambos a firmar la escritura traslativa del dominio no sólo por el lote b, sino también por el A (no incluido en la operación de venta).
Mi cliente, la hija, envió al comprador una carta documento en los terminos del 1204. Obviamente, el comprador rechazó su contenido, aduciendo que el precio estaba pagado en su totalidad, que los recibos estaban en la escribanía, e intimaba otorgamiento de escritura traslativa del dominio.
Las dudas son las siguientes:
a) En el supuesto de no poder demostrarse la voluntad viciada del hombre mayor, el recibo de pago suscripto por él, puede liberar al deudor (comprador) de su obligación? ¿No es necesaria la firma del otro co propietario? (la duda radica en si se trata de una obligación solidaria o mancomunada).
b) Cómo ataco el acto del hombre mayor? (vía lesión - error - 152 bis CC?).
c) Qué tipo de defraudación se tipifica penalmente
Disculpas por tantas preguntas!!!!!!! Necesito opiniones!! Gracias!!!!!!!!