Una persona recién despedida me pide que le calcule cuanto le van a pagar, al ver los recibos del último año, observo que su sueldo básico fué hasta julio inclusive de $ 1.500.- A partir de agosto se aumenta a $ 1.700, pero en fecha 15 de septiembre es despedido.-Obviamente quiero tomar para liquidar la suma de de $ 1.700, pero la duda me surge por que el 245 dice"tomando como base la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida durante el último año" podría considerar la empresa que falto habitualidad y tomar para liquidarle la suma de 1500 que es lo que vino percibiendo el trabajador hasta julio?.-
No, no puede considerar que no hubo habitualidad ya que es ella quien extingue dicha posibilidad al poner fin a la relacion laboral.
Efectivamente, la remuneracion de $1700 es la mejor remuneracion y la que debe tomarse en cuenta para el calculo de la indemnizacion.
El concepto de habitualidad se utiliza en contraposicion a la ganancia extraordinaria (fuera de lo comun). El hecho de haber percibido una sola vez la suma de $1700 no hace que no sea habitual.
Saludos!