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 #235635  por ely
 
Hoal les hago una consulta. Tengo un cliente que tiene un geriatrico. Debemos contestar un oficio de informes. sirve le poder general judicial para contestar el ofico o tine que firmarlo el??????????gRACIAS POR SU AYUDA ELY
 #235651  por Taneyev
 
Debería haber una cláusula expresa en el PG autorizando al mandante para esto. Y la respuesta
debería ser acompañada con copia del PG. Mucho lío. Que firme el interesado.