Hoal les hago una consulta. Tengo un cliente que tiene un geriatrico. Debemos contestar un oficio de informes. sirve le poder general judicial para contestar el ofico o tine que firmarlo el??????????gRACIAS POR SU AYUDA ELY
Debería haber una cláusula expresa en el PG autorizando al mandante para esto. Y la respuesta
debería ser acompañada con copia del PG. Mucho lío. Que firme el interesado.