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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #16266  por Jorgelina
 
Buenos dias. les consulto por el siguiente caso.
Tengo una hombre de 60 años de edad, y quiero iniciarle la prest. anticipada por desempleo, art.2. y cobro fondo de desempleo hasta marzo de 2005.

Mi consulta es:

1)Para fijar la fecha de cese se toma la ultima cuota cobrada del fondo de desempleo o tomo como fecha de cese, el cese laboral en relacion dependencia, para determinar asi los años por declaracion jurada

Esta es la situacion: Trabajo hasta septiembre de 2003, y cobro el fondo desde octubre de 2003 hasta marzo de 2005. Cual de las dos fechas es el cese para determinar asi los años de ddjj.

2) Para acreditar los años de servicios, se suman las cuotas del fonde de desempleo o no?, porque en anses me dijieron que para la prestacion anticipada de desempleo las cuotas del fondo de desempleo no se tiene que considerar para acreditar los años de servicio.

Como siempre mil gracias

Jorgelina.
 #16276  por Recarte R
 
[quote="Jorgelina"]Buenos dias. les consulto por el siguiente caso.
Tengo una hombre de 60 años de edad, y quiero iniciarle la prest. anticipada por desempleo, art.2. y cobro fondo de desempleo hasta marzo de 2005.

1)Para fijar la fecha de cese se toma la ultima cuota cobrada del fondo de desempleo o tomo como fecha de cese, el cese laboral en relacion dependencia, para determinar asi los años por declaracion jurada

Esta es la situacion: Trabajo hasta septiembre de 2003, y cobro el fondo desde octubre de 2003 hasta marzo de 2005. Cual de las dos fechas es el cese para determinar asi los años de ddjj.

2) Para acreditar los años de servicios, se suman las cuotas del fonde de desempleo o no?, porque en anses me dijieron que para la prestacion anticipada de desempleo las cuotas del fondo de desempleo no se tiene que considerar para acreditar los años de servicio.

El cese lo fija el término de la rel de dependencia.-
Si se jubilara le tomarian los meses de desempleo para llegar a los 30, ademas del Art. 38 o el 3.