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 #237850  por fugitiva
 
¿SE aplica el plazo de gracia para recursos ordinarios en pcia de BS. AS ?
 #237893  por abogado1987
 
fugitiva escribió:¿SE aplica el plazo de gracia para recursos ordinarios en pcia de BS. AS ?
fugitiva, interpreto que si atento ...

Ley 13708 Art. 1º Sustitúyese el artículo 124 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (Decreto-Ley 7425/1968 y leyes modificatorias) por el siguiente:

"ARTICULO 124: Cargo. El cargo puesto al pie de los escritos será autorizado por el Secretario, Prosecretario, Oficial mayor o el Oficial primero.-

La Suprema Corte o las Cámaras podrán disponer que la fecha y hora de presentación de los escritos se registren con fechador mecánico. En éste caso, el cargo quedará integrado con la firma de los funcionarios o empleados citados en el párrafo precedente.-

El escrito no presentado dentro del horario judicial del día en que venciere un plazo, sólo podrá ser entregado válidamente el día hábil inmediato y dentro de las cuatro (4) primeras horas del despacho."