Jamás pedí una cautelar en laboral. Por lo que sé solo te las dan si el demandado está declarado rebelde o es sumamente notorio que se está insolventando. Por otro lado si tenés sentencia de 1ra. instancia y la de cámara te la confirma, quedando solo pendiente el Recurso Extraordinario, podés pedir la ejecución de la sentencia prestando tu cliente caución juratoria de devolver lo cobrado para el hipotético caso de que la Corte revoque fallos anteriores.