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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #242012  por Pipi
 
Tengo una duda, una Sra. quiere iniciar una pension por fallecimiento de su marido a favor de su hija incapacitada quien es menor.
Le piden que ella tenga la tutela de la menor.
No recuerdo bien... y el libro de familia lo deje en el estudio, si la menor tiene madre, o sea, patria potestad... en necesaria la tutela... tiene 20 años la incapacitada.
 #242017  por doctoreduardo
 
Si tiene madre opino que lo mejor es una Guarda con Fines Asistenciales, antes debes tramitar el Certificado de Incapacidad en Ramsay.

Hay que ver cuál es la relación de la madre biológica con la hija, pues si se opone tenés un problema.

Saludos
 #242021  por Pipi
 
No, si seria como lo has entendido yo estoy de acuerdo con vos.
Pero en este caso Anses le pide a la madre, pedir la tutela judicial de su hija incapaz... a favor de ella...
Yo entiendo, que justamente como es la madre, tiene patria potestad y en inecesaria!
Por eso hay algo que no me cierra... distinto seria si le piden curatela... pero al tener 20 años no se puede pedir...
 #242027  por doctoreduardo
 
Ahora entiendo tu planteo, a ver si es así:

La madre quiere tramitar una pensión en ANSeS y le piden la 'tutela' de la menor.?

En realidad pienso que le están pidiendo que tramite la discapacidad y pida la tutela judicial con fines asistenciales, al ser la madre que lo pide, presentando el correspondiente Certificado de Defunción del padre se la otorgan, con la invariable intervención del Ministerio de Menores e Incapaces. Nunca tuve un caso así, pero por lógica deduzco lo que te menciono.

A pesar de tu razonamiento de la Patria Potestad, me parece que es un trámite que hay que hacer por el aspecto patrimonial de la menor discapacitada.

Saludos
 #242034  por Pipi
 
Ahora si, vos decis que tramite la incapacidad y tutela... seria mas logico...
 #242045  por Pipi
 
Pero... a un menor lo podes declarar insano????? Tiene 20 años la hija...
 #242068  por Pipi
 
Para menores de 14 era...
 #242070  por doctoreduardo
 
Si, Pipi, porquè no..???

Art.475.- Los declarados incapaces son considerados como los menores de edad, en cuanto a su persona y bienes. Las leyes sobre la tutela de los menores se aplicarán a la curaduría de los incapaces.

Saludos
 #242105  por Pipi
 
Porque se me chispoteo la neurona! jajaja Me acordaba que habia algo sobre los menores... pero es sobre los menores de 14 años!
Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #242113  por abogado_1987
 
Pipi escribió:Tengo una duda, una Sra. quiere iniciar una pension por fallecimiento de su marido a favor de su hija incapacitada quien es menor.
Le piden que ella tenga la tutela de la menor.
No recuerdo bien... y el libro de familia lo deje en el estudio, si la menor tiene madre, o sea, patria potestad... en necesaria la tutela... tiene 20 años la incapacitada.
Dra. MaryPi, tenés razón " ... si la menor tiene madre, o sea, patria potestad ..." agrego que > hasta que cumpla 21 años, tuve un caso muy parecido al tuyo
 #242134  por Pipi
 
Deberia preparar insania y curatela! :roll:
Tutela me parece que no corresponde para este caso en particular, o me equivoco?
 #242140  por abogado_1987
 
Pipi escribió:Deberia preparar insania y curatela! :roll:
Tutela me parece que no corresponde para este caso en particular, o me equivoco?
Dra. MaryPi sos la abogada con más intuición jurídica que conozco > con 21 años > insania y curatela
 #242145  por Pipi
 
y con 20... cumpliendo en febrero 21 tambien... la van declarando insana... y cuando esta para la curatela definitiva tiene 21!
Los menores, mayores de 14, por lo que estuve leyendo, siempre y cuando quien inicie se el padre/madre no necesita curatela provisoria...
 #242151  por abogado_1987
 
Pipi escribió:y con 20... cumpliendo en febrero 21 tambien... la van declarando insana... y cuando esta para la curatela definitiva tiene 21!
Los menores, mayores de 14, por lo que estuve leyendo, siempre y cuando quien inicie se el padre/madre no necesita curatela provisoria...
MariPi, interpreto que ...

264. La patria potestad es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, para su protección y formación integral, desde la concepción de éstos y mientras sean menores de edad y no se hayan emancipado.

por lo cual interpreto que el menor de edad no está sometido a curatela o tutela alguna ...
 #242192  por abogado_1987
 
abogado_1987 escribió:
Pipi escribió:y con 20... cumpliendo en febrero 21 tambien... la van declarando insana... y cuando esta para la curatela definitiva tiene 21!
Los menores, mayores de 14, por lo que estuve leyendo, siempre y cuando quien inicie se el padre/madre no necesita curatela provisoria...
MariPi, interpreto que ...

264. La patria potestad es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, para su protección y formación integral, desde la concepción de éstos y mientras sean menores de edad y no se hayan emancipado.

por lo cual interpreto que el menor de edad no está sometido a curatela o tutela alguna ...
redondeando la idea ...
468. Se da curador al mayor de edad incapaz de administrar sus bienes.