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  • puede un banco unilateralmente?????

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 #242748  por Mariaac
 
Les cuento: un banco unilateralmete cerro una cuenta corriente de mi clienta, porq esta, un una caja de ahorro se atraso en el pago de una cuota de un prestamos para la compra de un vehiculo, abierta a tal fin.

Le inhabilito todas las cuentas a su nombre, generandole conflicto y rechazos en cheques q ya se habian emitido.

Se puede hacer algo? se puede reclamar daños??

Que mas necesito saber???


GRacias colegas
 #242856  por Alberto Auní©
 
La cuenta corriente bancaria está reglamentada por la Comunicación "A" 3225 del Banco Central.

Para acceder a ella ir a la página web del BCRA: www.bcra.gov.ar .

Una vez allí en la columna izquierda tenemos Normativa / Comunicaciones y ponemos en el recuadro de búsqueda ese número y puede bajarse en archivo .pdf .

No aparece este motivo como uno de los de cierre.

Sí se especifica que el banco, al cerrar una cuenta corriente, debe avisar al cliente para que, en caso de que haya librado cheques, deje en una cuenta abierta al efecto los fondos para cubrirlos durante 30 días.

Sugiero leer la comunicación y analizar, consultando en el Banco Central, si se procedió de manera incorrecta.

Si así fue evaluar una denuncia ante el BCRA y analizar si corresponde daños y perjuicios.


Alberto Auné