hola a todos : les cuento que inicié un divorcio art 215 por present conjunta, y el juez en el primer dsp nos intima a manifestar si conforme a la fecha de sep de hecho (mayo /05 ) si adecuamos la pretensión a lo dispuesto al art 214 inc 2?
cual es la ventaja y desventaja de encuandrarlo por el 214 inc 2 o por el 215? les aclaro que adjuntamos convenios de alim, tçia y visitas.
graciasmarcede
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cual es la ventaja y desventaja de encuandrarlo por el 214 inc 2 o por el 215? les aclaro que adjuntamos convenios de alim, tçia y visitas.
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