Tengo una confusión con respecto a la competencia del juzgado en un juicio de alimentos, que se tienen en cuenta para la misma, el actual domicilio de los menores para el cual se reclama la cuota a alimentaría o bien el domicilio en donde habitaban los menores con sus respectivos progenitores antes de producirse la separación. Aclaro la relación era extramatrimonial.
Hola, la competencia la tiene el juez del domicilio de los menores, entre otros, lee el 228 C.C.
Suerte